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Proyecto de resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores plantearía derogatoria de reglamento del Comité Asesor de Contratación

Proviene de: Proyectos de Resolución

20 de agosto de 2026 13:41:41

Entidad proponente y ámbito de aplicación

El proyecto de resolución fue propuesto por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Su ámbito de aplicación sería nacional, vinculando a la misma entidad y su Fondo Rotatorio, en relación con la organización y funcionamiento del Comité Asesor de Contratación.

Objeto del proyecto

El proyecto buscaría derogar la Resolución 312 de 2026, mediante la cual se creó, conformó, estableció competencias, reglamento y funcionamiento del Comité Asesor de Contratación del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio. Además, propondría modificar y adoptar el manual de funciones del Comité en lo pertinente.

Disposiciones y obligaciones propuestas

De expedirse, el proyecto establecería las siguientes disposiciones:
  • Derogatoria: Se derogaría la Resolución 312 de 2026 que regulaba el Comité Asesor de Contratación y su Fondo Rotatorio.
  • Modificación y adopción: Se modificaría el manual de funciones relacionado con el Comité y se adoptaría la versión modificada.
  • Vigencia: La resolución regiría a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.

Motivos señalados para la derogatoria

El proyecto identificaría inconsistencias y contradicciones en la Resolución 312 de 2026, tales como:
  • Duplicidad e incompatibilidad en las funciones asignadas al Comité, como la recomendación al Ordenador del Gasto sobre adjudicación o declaratoria desierta de procesos de selección.
  • Contradicciones respecto al tratamiento de prórrogas de contratos y convenios.
  • Extralimitación de funciones del Grupo Interno de Trabajo de Licitaciones y Contratos en aspectos económicos, que corresponderían a la Dirección Administrativa y Financiera.
  • Duplicidad de responsabilidad en componentes económicos asignados a diferentes dependencias técnicas.
  • Restricción en la modalidad de sesiones del Comité, limitando las virtuales solo a casos excepcionales, pese a contar con plataformas tecnológicas disponibles.
  • Duplicidad normativa entre la Resolución 312 de 2026 y el Manual de Contratación, Supervisión e Interventoría vigente.

Participación ciudadana y plazo para comentarios

El proyecto se encuentra abierto a comentarios y observaciones por parte de la ciudadanía. Sin embargo, el texto analizado no especifica el plazo para presentar dichos comentarios ni los mecanismos formales habilitados para la participación.

Base legal y modificaciones normativas

El proyecto se fundamentaría en las facultades constitucionales y legales conferidas al Ministro de Relaciones Exteriores, en especial el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia y el Decreto 869 de 2016, que le permiten crear, organizar y reglamentar grupos internos de trabajo y comités necesarios para el desarrollo de la entidad. Asimismo, el proyecto implicaría la derogatoria expresa de la Resolución 312 de 2026 y la modificación del manual de funciones relacionado con el Comité Asesor de Contratación.

Conclusión

En síntesis, el Ministerio de Relaciones Exteriores sometería a consulta un proyecto de resolución que derogaría la regulación vigente del Comité Asesor de Contratación y su Fondo Rotatorio, con el propósito de eliminar contradicciones y duplicidades normativas. La propuesta incluiría la modificación y adopción del manual de funciones correspondiente. El proyecto está en etapa de participación ciudadana, aunque no se indican en el texto los detalles sobre el plazo y los canales para presentar observaciones. Cabe destacar que el proyecto aún no ha sido expedido ni produce efectos jurídicos, y su contenido podría modificarse en el proceso de revisión y participación pública. Se recomienda a los interesados estar atentos a las comunicaciones oficiales para conocer los pasos a seguir y participar oportunamente en el proceso.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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