Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Resolución 009 de 2024: regulación de procedimientos administrativos en materia ambiental

Proviene de: Directivas

24 de agosto de 2026 12:14:10

Entidad emisora, número y fecha

La norma fue expedida por el Ministerio de Ambiente bajo la denominación Resolución 009 de 2024, con fecha de expedición el 15 de abril de 2024.

Objeto de la norma

La resolución regula los procedimientos administrativos en materia ambiental, incluyendo la presentación, evaluación y decisión de solicitudes, así como la participación de las partes interesadas.

Cambios normativos

  • Establece criterios específicos para la presentación de solicitudes y documentos en los procedimientos ambientales.
  • Define plazos claros para la actuación de la autoridad ambiental en cada etapa del procedimiento.
  • Introduce mecanismos para garantizar la participación ciudadana y la transparencia durante el trámite.
  • Modifica disposiciones previas sobre notificaciones y comunicaciones entre la autoridad y los solicitantes.
  • Deroga normas anteriores que regulaban de manera parcial los procedimientos administrativos ambientales.

Obligaciones creadas

  • Autoridad ambiental: debe recibir, evaluar y resolver las solicitudes dentro de los plazos establecidos, garantizar la participación ciudadana y emitir notificaciones formales.
  • Solicitantes y ciudadanos: deben presentar documentos completos conforme a los requisitos, participar en los procesos de consulta cuando corresponda y atender notificaciones.
  • Funcionarios encargados: están obligados a aplicar los criterios uniformes de evaluación y asegurar el cumplimiento de los tiempos procesales.

Ámbito de aplicación

La resolución aplica a nivel nacional y es obligatoria para todas las autoridades ambientales competentes, personas naturales y jurídicas que realicen trámites administrativos en materia ambiental.

Excepciones y exclusiones

No se aplican las disposiciones a procedimientos relacionados con actividades mineras, los cuales se regulan por normativas específicas distintas.

Base legal

La expedición de la resolución se fundamenta en las facultades otorgadas por la Ley General del Medio Ambiente y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Vigencia y régimen de transición

La resolución entra en vigencia a los 30 días calendario contados a partir de su publicación oficial. Se establece un periodo de transición de 60 días para la adecuación de los procedimientos en curso a las nuevas disposiciones, garantizando así una implementación ordenada y efectiva que permita a todas las partes involucradas adaptarse a los cambios regulatorios sin afectar la gestión ambiental.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Medio Ambiente

No se encontraron sugerencias