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Proyecto de resolución plantearía reasignación temporal de competencias en la DIAN por situación de desastre

Proviene de: Proyectos de Resolución

24 de agosto de 2026 12:9:7

Entidad proponente y contexto de publicación

El proyecto de resolución fue publicado por la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN el 14 de agosto de 2026, en respuesta a la declaratoria de la Situación de Desastre de Carácter Nacional establecida mediante el Decreto 1171 del 11 de agosto de 2026, motivada por un sismo de magnitud 7,4 Mw ocurrido el 10 de agosto de 2026 con epicentro en el departamento del Chocó.

Objeto del proyecto

El proyecto establecería medidas temporales de reorganización funcional y territorial en la DIAN, modificando los numerales 2.3 y 2.3.1 del artículo 2 de la Resolución 69 de 2021, para reasignar competencias de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira a otras dependencias de la entidad. Esta medida buscaría garantizar la continuidad en la prestación del servicio y el ejercicio efectivo de los derechos de los administrados frente a las afectaciones operativas derivadas del desastre natural.

Disposiciones y obligaciones propuestas

De expedirse, el proyecto crearía las siguientes obligaciones y modificaciones temporales para la DIAN:
  • Modificación temporal de la competencia territorial y funcional de la Dirección Seccional de Pereira, vigente desde el 26 de agosto de 2026 hasta el 26 de febrero de 2027, inclusive.
  • Reasignación de asuntos a la Dirección de Gestión Jurídica, distribuidos así:
    • Subdirección de Recursos Jurídicos: conocimiento y decisión de recursos de reconsideración y solicitudes de revocatoria directa contra actos administrativos de decomiso de mercancías a favor de la DIAN.
    • Subdirección de Representación Externa: representación judicial y extrajudicial de la DIAN, seguimiento de procesos y representación en mecanismos alternativos de solución de conflictos.
    • Subdirección de Asuntos Penales y unidad penal designada: análisis, trámite y presentación de denuncias ante la Fiscalía General de la Nación por delitos relacionados con materias tributarias, aduaneras y cambiarias; representación judicial de la DIAN como víctima.
  • Habilitación temporal de canales oficiales electrónicos para la recepción de solicitudes, escritos, trámites y recursos dirigidos a las dependencias receptoras de la competencia, con correos específicos para cada subdirección.
  • Suspensión de términos procesales en Pereira entre el 13 y el 25 de agosto de 2026, con efecto para la reasignación de competencias a partir del 26 de agosto de 2026.
  • Reasunción de competencias por parte de la Dirección Seccional de Pereira al término del periodo señalado, continuando los trámites en el estado procesal en que se encuentren.
  • La resolución no modificaría competencias de otras direcciones seccionales ni derogaría normas vigentes.

Ámbito de aplicación y sujetos obligados

El proyecto tendría aplicación en todo el territorio nacional, específicamente en relación con las actuaciones, trámites y procesos administrativos que correspondan a la jurisdicción de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira, afectados por la situación de desastre. Quedarían vinculados los servidores públicos, dependencias y autoridades de la DIAN que intervengan en dichas competencias, así como los contribuyentes, responsables, usuarios aduaneros, agentes retenedores, operadores de comercio exterior, obligados cambiarios y demás personas naturales o jurídicas involucradas en esos procedimientos.

Plazo para comentarios y mecanismos de participación ciudadana

El proyecto fue publicado para comentarios por un término de 2 horas el día 14 de agosto de 2026, inferior al plazo usual, debido a la urgencia de ajustar la operación de las seccionales afectadas. Los interesados podrían presentar observaciones a través de los canales oficiales habilitados para la recepción de escritos y recursos, mediante correo electrónico dirigido a las subdirecciones señaladas en el proyecto.

Base legal y vigencia

El proyecto se fundamentaría en:
  • Los artículos 29 y 209 de la Constitución Política, que regulan la función administrativa y sus principios.
  • Los artículos 3 y 7 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).
  • El artículo 9 de la Ley 489 de 1998.
  • El numeral 26 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020, que faculta al Director General de la DIAN para organizar funcional y territorialmente las Direcciones Seccionales.
  • El Decreto 1171 de 2026, que declaró la situación de desastre nacional.
El proyecto no deroga ni modifica permanentemente normas vigentes, sino que establece una medida temporal y excepcional.

Observaciones adicionales

El proyecto señala que no se identifican impactos económicos directos ni requerimientos presupuestales adicionales para su implementación, y que no tendría efectos ambientales ni sobre el patrimonio cultural. Además, busca garantizar el respeto al debido proceso, defensa, contradicción y demás derechos de los administrados durante la vigencia de las medidas. Asimismo, se indica que la ampliación de términos internos para la atención de procesos penales a cargo de la Dirección Seccional de Pereira se extendería por 15 días calendario desde la entrega efectiva de dichos asuntos a las dependencias receptoras. Finalmente, se informa la publicación del proyecto en el Diario Oficial y los canales institucionales de la DIAN, y que la resolución regiría desde la fecha de su publicación en caso de ser expedida, garantizando así la continuidad y normalización de las actividades administrativas afectadas por el desastre natural.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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