Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto de la Corte Suprema rechaza demanda de revisión por extemporánea en proceso de servidumbre eléctrica

Proviene de: Sentencias

24 de agosto de 2026 12:8:17

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia corresponde a un auto proferido por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, en segunda instancia, dentro de un recurso de revisión contra sentencia dictada por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial en un proceso especial de imposición de servidumbre.

Sentido de la decisión

  • Rechazar la demanda de revisión por extemporánea.
  • Archivar las diligencias correspondientes.

Razón principal de la decisión

El tribunal determinó que la sentencia impugnada adquirió firmeza el 29 de septiembre de 2023, conforme a lo previsto en el artículo 302 del Código General del Proceso, dado que no se presentaron recursos ni solicitudes de aclaración dentro del término legal. Por ende, el recurso de revisión interpuesto el 6 de octubre de 2025 se presentó fuera del plazo de dos años establecido para la causal invocada (artículos 355 y 356 del Código General del Proceso). Además, se señaló que el recurso extraordinario de casación no procedía por falta de interés económico, lo que confirmaba que la sentencia era definitiva y no susceptible de otros recursos ordinarios. Esta combinación de hechos condujo a la conclusión de que existió caducidad para el ejercicio del recurso de revisión.

Antecedentes fácticos y procesales

Un proceso especial de imposición de servidumbre para conducción de energía eléctrica fue adelantado por una empresa contra varias personas. El Tribunal Superior revocó parcialmente la indemnización fijada en primera instancia, reduciendo su monto con base en un avalúo aportado en el proceso. La parte afectada interpuso un recurso de revisión alegando nulidad en la sentencia por la forma en que se calculó la indemnización, apoyándose en la causal octava del artículo 355 del Código General del Proceso. Sin embargo, al inadmitirse inicialmente la demanda, se ordenó subsanar la presentación aclarando, entre otros aspectos, la fecha de ejecutoria de la sentencia impugnada. La recurrente afirmó que fue el 9 de octubre de 2023, pero no aportó prueba ni motivación para ello. El tribunal comprobó que la ejecutoria ocurrió el 29 de septiembre de 2023.

Efectos jurídicos de la providencia

El rechazo por extemporáneo del recurso de revisión implica que la sentencia del Tribunal Superior queda firme y ejecutoriada, sin posibilidad de ser revisada por esta vía extraordinaria. El archivo de las diligencias cierra el trámite procesal en este asunto. La decisión vincula a las partes involucradas en el proceso de imposición de servidumbre para conducción de energía eléctrica.

Conclusión

La Corte Suprema de Justicia confirmó que la caducidad para interponer el recurso de revisión se cuenta desde la fecha de ejecutoria establecida conforme a las reglas procesales, y que su vencimiento determina el rechazo de la demanda. La providencia destaca la importancia del cumplimiento estricto de los términos procesales para la procedencia de medios de control extraordinarios. De esta manera, se reafirma la estabilidad y seguridad jurídica en los procesos judiciales relacionados con la imposición de servidumbres, garantizando que las partes respeten los plazos establecidos para la interposición de recursos.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Civil

No se encontraron sugerencias