El Decreto 287 de 2026 surge como respuesta a omisiones detectadas en el Decreto 392 de 2018, que reglamentó de forma parcial la Ley Estatutaria 1618 de 2013. Mientras el Decreto 392 solo otorgaba un puntaje del 1 % a empleadores de PcD y no contemplaba a las empresas de PcD ni medidas en todas las fases del proceso contractual, el nuevo decreto busca corregir estas deficiencias mediante cinco medidas afirmativas que actúan en la planeación, selección, adjudicación y ejecución de contratos públicos.
Quiénes son los beneficiarios y cómo se aplica el puntaje adicional
El sistema beneficia a dos grupos: los emprendimientos y empresas de PcD, y los empleadores que vinculan personas con discapacidad en su plantilla laboral. Para estos últimos, se establece un puntaje adicional del 2 % en procesos de licitación pública y concurso de méritos, condicionado a que cumplan con un número mínimo de empleados con discapacidad, según el tamaño de su planta. El concepto de “dedicación exclusiva” se interpreta como un vínculo laboral en el que la persona con discapacidad presta servicios únicamente para un empleador, sin que importe la duración de la jornada laboral. Esto implica que no se permiten contratos simultáneos con otros empleadores para las actividades objeto del proceso contractual. Documentos necesarios para acceder al puntaje adicional
Para acreditar la condición de empleador de PcD y obtener el puntaje, el proponente debe presentar: - Una certificación firmada por el representante legal y el revisor fiscal o contador, que detalle el número de personas con discapacidad en su planta de personal, incluyendo nombres y...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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