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Comisión de Poder Público discute y aprueba adición al artículo 518 del Código de Comercio en Acta del 24 de agosto de 2026

Proviene de: Leyes

26 de agosto de 2026 19:31:2

Identificación del acta y tema central

La Comisión de Poder Público se reunió el 24 de agosto de 2026 para discutir el proyecto de ley que adiciona un inciso al artículo 518 del Decreto 410 de 1971, Código de Comercio. El proyecto regula el derecho del arrendatario de un local comercial a informar al público sobre el traslado de su establecimiento mediante un aviso visible fijado en el local arrendado tras la finalización del contrato.

Decisiones adoptadas por la comisión

En la sesión, la Comisión adoptó las siguientes decisiones:
  • Se aprobó la adición de un inciso al artículo 518 del Código de Comercio, que regula el derecho de aviso de traslado por parte del arrendatario de locales comerciales.
  • Se estableció el tamaño máximo del aviso en 1.600 cm², con una permanencia mínima de un (1) mes contada desde la restitución del inmueble.
  • Se definió que en caso de remodelación o demolición, el aviso podrá fijarse en la puerta exterior visible al público.
  • Se dispuso que el costo del aviso será asumido por el arrendatario anterior.
  • Se precisó que no podrá haber oposición por parte del propietario, arrendador, nuevo arrendatario ni terceros con derechos sobre el inmueble.
  • Se estableció una multa equivalente a un (1) Salario Mínimo Legal Mensual Vigente para quienes se opongan al derecho, a ser impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio tras investigación según el procedimiento aplicable por violación a disposiciones sobre competencia y competencia desleal.
  • Se acordó que la ley entrará en vigencia tras su sanción y derogará disposiciones contrarias.

Resumen de posturas...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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