Entidad emisora, tipo de norma y objeto
La Circular 01 de 2026 fue expedida por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el 26 de agosto de 2026. Su objeto es impartir lineamientos para la revisión de informes de gestión, la documentación de hallazgos y la puesta en conocimiento de las autoridades competentes dentro de las entidades adscritas y vinculadas a la Rama Ejecutiva del orden nacional.
Cambios normativos y alcance
La circular ordena y aclara procedimientos para el proceso de entrega y recepción de la gestión pública, estableciendo:
- El término de revisión de los informes de gestión y solicitud de aclaraciones por parte del servidor público entrante, conforme a la Ley 951 de 2005.
- La continuidad en la revisión y documentación de hallazgos más allá de dicho término.
- La obligación de documentar objetivamente los hallazgos, acompañados de soportes y antecedentes.
- La obligación de trasladar los hallazgos que puedan tener relevancia fiscal, disciplinaria, penal, civil o administrativa a las autoridades competentes.
- La independencia de los términos del proceso de entrega y recepción respecto a los términos legales para determinar responsabilidades.
- La conservación y garantía de integridad de la información relacionada con los hallazgos.
- La coordinación institucional para promover la aplicación de estos lineamientos en los sectores correspondientes.
Obligaciones y destinatarios
La norma establece las siguientes obligaciones, dirigidas a servidores públicos y unidades administrativas específicas:
| Obligados | Obligaciones | Plazos |
| Servidor público entrante | Revisar el acta de entrega y recepción y solicitar aclaraciones e información adicional | 30 días desde la entrega |
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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor. Más noticias sobre Derecho AdministrativoNo se encontraron sugerencias |