Documentos contenidos en la gaceta
- Proyecto de Ley número 159 de 2026 Cámara.
- Cartas de adhesión como coautores al Proyecto de Ley número 159 de 2026, firmadas por senadores y representantes.
Proyecto de Ley número 159 de 2026 Cámara
El proyecto tiene por objeto regular la actualización catastral y el crecimiento del impuesto predial unificado, estableciendo límites al cambio porcentual anual en estos valores para evitar incrementos desproporcionados y garantizar los principios de equidad, progresividad y capacidad contributiva. El articulado principal establece:
- Límite al avalúo catastral: No podrá superar el 50% del valor comercial de los activos objeto de actualización.
- Límite al impuesto predial para bienes no actualizados: Incremento máximo del 30% respecto al impuesto del año anterior, determinado por autoridades municipales.
- Límite al impuesto predial para bienes actualizados: Crecimiento máximo anual igual al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior, con excepciones para ciertos lotes y bienes incorporados por primera vez.
- Ajuste a actualizaciones catastrales previas: Ajustes a las actualizaciones realizadas conforme al artículo 49 de la Ley 2294 de 2023, dentro de los dos meses siguientes a la entrada en vigencia del proyecto, con reliquidación de impuestos y reconocimiento de saldos a favor en caso de pagos anticipados.
- Tarifas del impuesto predial unificado: Fijadas por concejos municipales y distritales, con rangos determinados según destinación económica y condiciones territoriales, y con un límite de incremento anual del 30%, salvo cambios físicos o económicos en el predio.
- Coordinación interinstitucional: Obligación de coordinación permanente entre entidades involucradas en los procesos catastrales para asegurar la adecuada implementación.
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