Entidad proponente y publicación para comentarios
El proyecto de resolución es propuesto por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y fue publicado para comentarios durante un plazo que abarca desde el XX hasta el XX de agosto de 2026. Junto con el proyecto se publicó un documento soporte que contiene el análisis y la fundamentación técnica.
Objeto del proyecto
El proyecto regularía la remuneración que deben ofrecer los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles (PRSTM) a los integradores tecnológicos (IT) y proveedores de contenidos y aplicaciones (PCA) por la utilización de sus redes en la provisión de mensajes cortos de texto (SMS) de Aplicación a Persona (A2P).
Disposiciones y obligaciones propuestas
De expedirse, el proyecto establecería las siguientes disposiciones principales:
- Modificación del artículo 4.2.7.1. de la Resolución CRC 5050 de 2016 para definir el régimen de remuneración por terminación de SMS A2P, estableciendo un rango tarifario entre un costo eficiente de terminación y un límite superior calculado mediante la metodología Retail Minus.
- Obligación para que PRSTM, IT y PCA acuerden directamente los valores de remuneración dentro del rango definido, respetando los principios regulatorios y sin superar el tope establecido.
- Posibilidad de establecer condiciones diferenciales en el tratamiento de porciones específicas de tráfico SMS, con reglas para su ofrecimiento, negociación y capacidad técnica, incluyendo un cargo fijo mensual por capacidad adicional cuando se supere el umbral acordado.
- Modificación del numeral 4.7.4.1.3. del artículo 4.7.4.1. de la Resolución CRC 5050 de 2016 para actualizar las remuneraciones aplicables en el marco de Roaming Automático Nacional.
- Incorporación y actualización de reportes trimestrales de información sobre códigos cortos usados en la prestación de servicios A2P, a través del FORMATO T.5.2., con detalles sobre tráfico, ingresos y usuarios.
- Establecimiento de un régimen de transición con un valor transitorio para la remuneración, publicación trimestral de los valores aplicables durante 2027 y primer semestre de 2028, y ajustes obligatorios en los acuerdos comerciales en un plazo de tres meses desde la publicación de la resolución definitiva.
- Incluir el mercado mayorista de acceso y terminación de mensajes cortos de texto (SMS) A2P en las listas de mercados relevantes y susceptibles de regulación ex ante, mediante modificaciones a los anexos 3.1 y 3.2. de la Resolución CRC 5050 de 2016.
- Revisión obligatoria del mecanismo de remuneración cuando se observe una disminución del tráfico SMS A2P igual o superior al 10% durante tres trimestres consecutivos, con base en reportes oficiales.
Ámbito de aplicación y sujetos vinculados
El proyecto tendría aplicación en todo el territorio nacional. Quedarían vinculados los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles (PRSTM), integradores tecnológicos (IT), proveedores de contenidos y aplicaciones (PCA) y demás agentes del sector relacionados con la provisión y terminación de mensajes SMS A2P.
Plazo y mecanismos para la participación ciudadana
La CRC abrió un plazo para recibir comentarios, observaciones o sugerencias entre el XX y el XX de agosto de 2026. Los interesados podrían participar mediante los canales usuales habilitados por la entidad para la recepción de aportes en procesos regulatorios, como correo electrónico, formularios web o radicación física, conforme a los términos establecidos en la publicación oficial. Se indicó que la entidad revisaría las contribuciones recibidas para evaluar ajustes al proyecto.
Base legal y antecedentes normativos
El proyecto se fundamentaría en las facultades otorgadas a la CRC por los numerales 1, 3, 4, 12 y 13 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019. Además, se apoya en el régimen general de regulación de servicios públicos de telecomunicaciones previsto en la Constitución Política y la legislación sectorial aplicable. El proyecto contempla la modificación de la Resolución CRC 5050 de 2016 y se complementa con la Resolución CRC 8308 de 2026 relacionada con medidas para mitigar el fraude cibernético en servicios móviles.
Mecanismos de revisión y actualización
El proyecto establece mecanismos para la actualización periódica de los valores tarifarios mediante publicaciones trimestrales, basadas en información reportada por los proveedores. También contempla un régimen transitorio para la adaptación paulatina de las relaciones contractuales y una revisión automática del esquema de remuneración ante cambios significativos en el tráfico SMS A2P.
Concepto de la Superintendencia de Industria y Comercio
Como parte del trámite de abogacía de la competencia, la CRC remitió el proyecto y el documento soporte a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para su evaluación. La SIC emitió un concepto no vinculante con recomendaciones, las cuales fueron analizadas por la CRC y consideradas en la revisión del proyecto.
Derogatorias y vigencia
El proyecto dispondría que la resolución que lo expida regiría a partir de su publicación en el Diario Oficial y derogaría las disposiciones que le sean contrarias, con excepción de las relativas al reporte de información en códigos cortos, cuyo formato entraría en vigencia en enero de 2028.
Conclusión
El proyecto de resolución de la CRC propone modificar la regulación sobre la remuneración por terminación de mensajes SMS A2P en redes móviles, estableciendo un rango tarifario y mecanismos para su aplicación, actualización y reporte. Se encuentra en etapa de consulta pública hasta el XX de agosto de 2026, periodo durante el cual se pueden presentar comentarios mediante los canales habilitados por la entidad. El proyecto aún no está en firme ni produce efectos jurídicos vigentes, y su aprobación final dependerá de las observaciones recibidas y del análisis que realice la CRC tras el cierre del proceso de consulta pública.