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Resolución 0171480 de 2026: modificaciones en registro de cuentas bancarias para uniones temporales y consorcios en ADRES

Proviene de: Resoluciones

31 de agosto de 2026 16:54:59

Objeto y alcance de la norma

La Resolución 0171480 de 2026 tiene por objeto modificar los requisitos, términos y condiciones para el registro y modificación de cuentas bancarias de beneficiarios de recursos administrados por ADRES, con énfasis en las uniones temporales y consorcios. La norma aplica a nivel nacional y afecta a personas naturales, personas jurídicas, uniones temporales y consorcios que sean beneficiarios de recursos relacionados con prestaciones económicas y devolución de aportes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

Cambios normativos principales

  • Se exceptúa la aplicación general de la Resolución 0150344 de 2025 a uniones temporales y consorcios, salvo cuando actúen como aportantes beneficiarios del pago de prestaciones económicas o devolución de aportes, sujetándose exclusivamente a lo dispuesto en el Capítulo IV de dicha resolución.
  • Se adiciona un parágrafo al artículo 8° que establece los documentos específicos que deben aportar uniones temporales y consorcios para el registro de sus cuentas bancarias, incluyendo el documento de constitución, Registro Único Tributario (RUT), certificación bancaria asociada a su propio NIT, documentos de identidad del representante legal y documentación de cada integrante según su naturaleza jurídica.
  • Se modifica el artículo 9° para incluir causales específicas de rechazo relacionadas con la documentación de uniones temporales y consorcios.
  • Se establece que el registro y modificación de cuentas bancarias para estas figuras asociativas solo podrá realizarse mediante correo electrónico, como canal institucional habilitado.
  • Se aclara que la habilitación para registro de cuentas bancarias a uniones temporales y consorcios es exclusiva para los conceptos regulados en el Capítulo IV y no se extiende...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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