Objeto y ámbito de aplicación
La Resolución 8332 de 2026 tiene por objeto adoptar medidas regulatorias transitorias y diferenciales para los servicios de comunicaciones y postales, con ocasión de la situación de desastre de carácter nacional declarada por el Decreto 1171 de 2026 y el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado por el Decreto 1261 de 2026. Estas medidas buscan facilitar la continuidad y recuperación de los servicios, adecuar temporalmente ciertas obligaciones regulatorias y proteger los derechos de los usuarios en los municipios afectados. El ámbito territorial comprende los departamentos y municipios incluidos en el Estado de Emergencia y la situación de desastre, conforme a los listados oficiales de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Se definen usuarios damnificados como aquellos inscritos en el Registro Único de Damnificados o que acrediten afectación directa en su inmueble o traslado forzoso derivado del desastre.
Cambios normativos y obligaciones específicas
La resolución establece suspensiones, modificaciones temporales y flexibilizaciones en diversas disposiciones de la regulación vigente (Resolución CRC 5050 de 2016), dirigidas a operadores y usuarios afectados. Entre las principales medidas se cuentan:
- Suspensión del cobro de cláusulas de permanencia mínima para usuarios damnificados que terminen anticipadamente su contrato o soliciten traslado del servicio a una ubicación sin factibilidad técnica.
- Ampliación del término para suspensión del servicio hasta seis meses continuos para usuarios damnificados, sin cobro de cargos ni reconexión.
- Exención de la obligación de devolución de equipos entregados para prestación de servicios fijos cuando sea imposible devolverlos por causa del desastre.
- Suspensión del preaviso de...