Entidad emisora y objeto de la norma
La resolución fue expedida conjuntamente por los Ministerios de Minas y Energía y de Hacienda y Crédito Público. Su objeto es establecer las proporcionalidades aplicables para el cálculo del ingreso al productor de los combustibles gasolina motor corriente y ACPM distribuidos en municipios declarados Zonas de Frontera.
Cambios normativos
La Resolución 40469 de 2026 modifica la Resolución 40224 de 2026, derogándola y fijando nuevas proporcionalidades para el ingreso al productor en municipios fronterizos. Entre los principales cambios se encuentran:
- Actualización de los porcentajes de proporcionalidad que se aplican para la determinación del ingreso al productor en cada municipio declarado zona de frontera.
- Aplicación exclusiva de estas proporcionalidades sobre el combustible fósil, excluyendo el biocombustible que pueda contener la mezcla distribuida.
- Lista detallada de municipios y departamentos fronterizos a los cuales se aplican estas nuevas proporcionalidades.
Obligaciones creadas
Los productores y distribuidores de gasolina motor corriente y ACPM en los municipios declarados como Zonas de Frontera deberán:
- Aplicar las nuevas proporcionalidades para el cálculo del ingreso al productor que se establecen en la resolución.
- Considerar que estas proporcionalidades se aplican únicamente sobre el componente fósil de los combustibles.
Ámbito de aplicación
La norma tiene aplicación nacional, restringida a los municipios declarados como Zonas de Frontera conforme al artículo 2.2.1.1.2.2.5.1. del Decreto 1073 de 2015 y el Decreto 0931 de 2023. Los departamentos incluidos son Amazonas, Arauca, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Boyacá, Cesar, Chocó, Guainía, La Guajira, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Vaupés y Vichada.
Excepciones
No...