Documentos contenidos en la Gaceta 1127
- Proyecto de Ley Estatutaria número 215 de 2026: Prohibición de la explotación reproductiva mediante maternidad subrogada.
- Proyecto de Ley Estatutaria número 253 de 2026: Fortalecimiento de los mecanismos de representatividad en la circunscripción especial de comunidades negras y otras disposiciones.
- Nota aclaratoria al Proyecto de Ley número 031 de 2026: Corrección formal en el título del proyecto sobre competencias de la Jurisdicción Agraria y Rural.
Proyecto de Ley Estatutaria número 215 de 2026: Prohibición de explotación reproductiva mediante maternidad subrogada
Este proyecto establece la prohibición de la maternidad subrogada para eliminar la explotación reproductiva de las mujeres y la mercantilización de los niños. Define la maternidad subrogada como todo acuerdo, oneroso o gratuito, mediante el cual una mujer gesta uno o varios hijos para entregarlos a otra persona al nacer.
El proyecto crea el tipo penal denominado "explotación reproductiva mediante maternidad subrogada", incorporando el artículo 188F al Código Penal. Establece penas privativas de la libertad de 120 a 192 meses y multas de 500 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes para quienes promuevan, faciliten, financien, publiciten o intermediaren en acuerdos de maternidad subrogada, así como para quienes capten o trasladen mujeres con ese fin.
Se adiciona el artículo 188G al Código Penal, que establece causales de agravación punitiva en casos que involucren vulnerabilidad de las mujeres, participación de menores, intervención de profesionales o entidades de salud, uso de violencia o engaño, entre otros.
El proyecto señala la aplicación extraterritorial de la ley penal para ciudadanos colombianos que celebren contratos de subrogación en el extranjero.
Dispone la ineficacia automática de los contratos de maternidad subrogada, establece que la mujer que gesta es la madre legal del niño y exonera a la gestante de restituir cualquier pago recibido. Además, ordena al Estado garantizar protección integral a las mujeres gestantes en estos casos.
Se incluye una exposición de motivos que detalla el vacío normativo actual, la jurisprudencia constitucional que exhorta a legislar sobre la materia, el análisis de derechos fundamentales involucrados y la necesidad de un juicio estricto de proporcionalidad para evaluar la constitucionalidad de la prohibición.
El proyecto señala antecedentes legislativos de iniciativas similares y presenta un análisis de derecho comparado, destacando la diversidad en la regulación internacional de la maternidad subrogada.
Finalmente, incluye un análisis del impacto fiscal, concluyendo que no genera gasto público adicional significativo, y un apartado sobre conflictos de interés, señalando que no se identifican causales para los autores o ponentes.
Proyecto de Ley Estatutaria número 253 de 2026: Fortalecimiento de la representatividad en la circunscripción especial de comunidades negras
Esta iniciativa tiene por objeto fortalecer los criterios de pertenencia a las comunidades negras para la postulación a la circunscripción especial en la Cámara de Representantes. Modifica el artículo 3° de la Ley 649 de 2001 para exigir mecanismos objetivos y verificables que acrediten la pertenencia efectiva y material a la respectiva comunidad.
Los mecanismos propuestos para acreditar dicha pertenencia son:
- Certificación de participación activa en un consejo comunitario reconocido por el Ministerio del Interior durante al menos dos años previos a la inscripción.
- Declaración juramentada ante notario acompañada de dos testimonios escritos de líderes reconocidos de la comunidad.
- Certificación de pertenencia a una organización de segundo nivel con personería jurídica y trayectoria mínima de tres años, con participación activa de al menos dos años.
- Certificación expedida por autoridad civil municipal o autoridad indígena que acredite residencia continua en territorio colectivo titulado conforme a la Ley 70 de 1993 durante dos años previos a la inscripción.
- Certificación de pertenencia expedida por organización inscrita en el Registro Único de Organizaciones Sociales con trayectoria mínima de cinco años y participación documentada en asambleas recientes.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) podrá valorar el conjunto de pruebas presentadas y está facultado para objetar candidaturas que no demuestren un vínculo material real y verificable, mediante resolución motivada emitida en plazos establecidos.
Se prohíbe expresamente que las organizaciones otorguen avales automáticos sin verificación previa del vínculo del aspirante, exigiendo una declaración firmada que indique los mecanismos verificados y los documentos de soporte.
El proyecto otorga al CNE un plazo máximo de seis meses para reglamentar los mecanismos y procedimientos de verificación. Además, dispone la ejecución de programas de capacitación para consejos comunitarios, organizaciones sociales y partidos políticos sobre los nuevos requisitos y procedimientos.
La ley regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial y será aplicable a las inscripciones posteriores a su entrada en vigencia.
La exposición de motivos señala antecedentes de casos de fraude y falsificación de documentos en la circunscripción especial, la necesidad de establecer criterios objetivos de acreditación, y el marco constitucional y legal que respalda la iniciativa.
El análisis de impacto fiscal indica que no genera apropiaciones inmediatas y que su financiación estará sujeta a disponibilidades presupuestales anuales y al marco fiscal de mediano plazo.
En cuanto al conflicto de intereses, se concluye que no existen causas para los congresistas que participan en la iniciativa.
Nota aclaratoria al Proyecto de Ley número 031 de 2026
Se incluye una nota aclaratoria enviada por la Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes respecto del Proyecto de Ley número 031 de 2026, que busca corregir la omisión en el título del proyecto relativa a la remisión a los artículos constitucionales que facultan al Congreso para decretar. Esta corrección permitirá continuar con el trámite legislativo del proyecto que regula las competencias de la Jurisdicción Agraria y Rural, el procedimiento especial agrario y mecanismos para el acceso a la justicia agraria.
Resumen del estado procesal
Los proyectos de ley estatutaria incluidos en esta gaceta fueron radicados formalmente el 12 y 13 de agosto de 2026, respectivamente, y se encuentran en etapa inicial de trámite ante la Cámara de Representantes. La nota aclaratoria al proyecto número 031 busca subsanar un requisito formal para continuar con su trámite.
No se registran en esta gaceta fechas específicas de discusión o votación ni comisiones designadas para el estudio de estas iniciativas.
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Este resumen ejecutivo presenta el contenido formal de la Gaceta número 1127 sin interpretación política o valorativa, conforme a las disposiciones establecidas para la comunicación jurídica.