Documentos contenidos en la Gaceta 1132
- Proyecto de Ley número 257 de 2026: Modificación de la Ley 769 de 2002 sobre inmovilización vehicular.
- Proyecto de Ley número 258 de 2026: Creación del Régimen Especial de Contratos de Estabilidad Jurídica Sectorial.
- Proyecto de Ley número 259 de 2026: Modificación del Estatuto Tributario para eliminar el GMF en traslados entre cuentas del mismo titular.
Proyecto de Ley número 257 de 2026: Reforma al modelo de inmovilización vehicular
Este proyecto propone modificar la Ley 769 de 2002 para transformar el modelo de sanciones de inmovilización vehicular en Colombia. El texto establece como medida preferente el bloqueo mediante cepo u otras tecnologías equivalentes, limitando el traslado de vehículos a patios y el uso de grúas. Además, busca eliminar el esquema contractual que permite a operadores privados recibir la mayor proporción del recaudo generado por estos servicios.
El proyecto establece principios rectores como proporcionalidad, protección de la propiedad privada, debido proceso, transparencia en la contratación y eficiencia en el uso de recursos públicos. El ámbito de aplicación incluye a todos los organismos de tránsito y particulares vinculados contractualmente para prestar servicios de grúas, bloqueo o custodia.
Se introduce una jerarquía de medidas para la inmovilización, privilegiando el bloqueo en el sitio de la infracción, seguido por la custodia del vehículo por parte del propietario y, como última opción, el traslado a patios autorizados bajo condiciones específicas y motivadas. Se prevé que el Ministerio de Transporte reglamente técnicamente esta jerarquía.
El proyecto modifica los artículos 125, 127 y 128 de la Ley 769 de 2002, ajustando las disposiciones sobre inmovilización, retiro de vehículos mal estacionados y notificación de vehículos en abandono. Se incorporan obligaciones de transparencia sobre los contratos de grúas y patios, incluyendo informes semestrales de recaudo y distribución de ingresos.
Se establece un tope máximo del 20% para la remuneración de contratistas privados en estos servicios, destinando el saldo restante a programas de seguridad vial, tecnología de bloqueo, chatarrización ambiental y fortalecimiento de la supervisión contractual. Los contratos tendrán duración máxima de cinco años, con una única prórroga posible, y se regulan los procesos de selección para garantizar pluralidad y competencia.
La reglamentación deberá ser expedida por el Gobierno nacional en un plazo máximo de seis meses tras la promulgación. La ley entraría en vigencia al momento de su promulgación y derogaría disposiciones contrarias.
Proyecto de Ley número 258 de 2026: Régimen Especial de Contratos de Estabilidad Jurídica Sectorial
Este proyecto crea un régimen especial para contratos de estabilidad jurídica dirigido a promover inversiones nuevas o ampliaciones sustanciales en sectores estratégicos: minero-energético, tecnología e innovación, infraestructura y salud.
El contrato garantiza la aplicación ultractiva de normas e interpretaciones administrativas vinculantes expresamente identificadas como determinantes de la inversión, durante un término mínimo de diez y máximo de veinte años, a cambio del pago anual de una prima del 0.8% del valor de la inversión.
Se establecen requisitos de monto mínimo de inversión (900.000 UVT) y creación de empleo directo y formal, con reglamentación diferenciada según sector. El contrato no podrá amparar normas relacionadas con seguridad social, laborales, tributarias territoriales, ambientales, de ordenamiento territorial o de consulta previa, ni normas declaradas inexequibles.
Se crea un Comité de Estabilidad Jurídica integrado por ministros y director del Departamento Nacional de Planeación, encargado de aprobar los contratos y rendir informes anuales al Congreso. Los contratos deberán registrarse ante el Departamento Nacional de Planeación para seguimiento y consulta por entidades de control y el Congreso.
Se prevé la terminación anticipada del contrato por incumplimientos como no realizar la inversión, no pagar la prima, inhabilidades o fraccionamiento y simulación de inversiones. Se regula la prohibición de fraccionamiento y simulación para evitar elusión del monto mínimo.
Se incorpora la posibilidad de cláusula compromisoria para dirimir controversias mediante arbitraje nacional voluntario. El Gobierno reglamentará la ley en un plazo máximo de seis meses. La ley entrará en vigencia al momento de su promulgación y derogará disposiciones contrarias.
Proyecto de Ley número 259 de 2026: Eliminación del GMF en traslados entre cuentas del mismo titular
El proyecto modifica el artículo 879 del Estatuto Tributario para eliminar el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) sobre traslados de recursos entre cuentas y productos financieros pertenecientes a un mismo titular, sin importar el monto, número de cuentas o entidad financiera.
Se adiciona un numeral y parágrafo en el artículo 879 para establecer esta exención y se dispone que no aplicará a débitos que constituyan pagos o transferencias a terceros ni a retiros en efectivo o giros con destino al consumo. Las entidades financieras deberán verificar la titularidad mediante mecanismos tecnológicos interoperables antes de aplicar la exención.
Se prevé un régimen sancionatorio a cargo de la Superintendencia Financiera para multas en caso de incumplimiento en la aplicación de la exención, cobro indebido del GMF o falta de mecanismos digitales para la gestión de cuentas beneficiarias.
El Gobierno reglamentará la ley en un plazo no mayor a seis meses. La ley entrará en vigencia desde su promulgación y derogará normas contrarias.
El proyecto busca corregir la tributación múltiple sobre un mismo recurso cuando este no cambia de titular, favoreciendo la libre competencia entre entidades financieras y promoviendo la democratización del crédito.
Estado procesal y trámite
Los proyectos se encuentran radicados en la Cámara de Representantes y se someten al trámite legislativo constitucional. Se prevé que, tras su análisis en comisiones y debates en plenaria, podrían avanzar hacia sanción presidencial, sin que en esta gaceta se registre el resultado de dichas etapas.
Conclusión
La Gaceta 1132 de la Cámara del 26 de agosto de 2026 presenta tres proyectos de ley que buscan modernizar y mejorar aspectos claves en la regulación vehicular, la seguridad jurídica para la inversión y la tributación financiera en Colombia. Con principios claros y plazos definidos para su reglamentación, estas iniciativas están orientadas a generar mayor eficiencia administrativa, atraer inversión estratégica y aliviar cargas tributarias innecesarias, contribuyendo al desarrollo económico y social del país. Los proyectos continúan su trámite legislativo para ser discutidos y eventualmente sancionados.