Objeto de la norma
La Resolución 1308 de 2026 tiene por objeto adoptar la Política de Parques Arqueológicos del ICANH, que orienta la gestión integral de los parques arqueológicos administrados por esta entidad. La política define principios, enfoques, objetivos, lineamientos estratégicos y mecanismos para la protección, conservación, investigación, administración, apropiación social del conocimiento, sostenibilidad y articulación interinstitucional en estos espacios.
Cambios normativos
- Adopción formal de la Política de Parques Arqueológicos del ICANH.
- Establecimiento de disposiciones para su implementación, seguimiento, evaluación, divulgación y actualización.
- Derogación expresa del artículo 1° de la Resolución 123 de 2012 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Obligaciones creadas
- Las dependencias del ICANH deben cumplir obligatoriamente con la Política de Parques Arqueológicos en el marco de sus competencias.
- La Subdirección de Apropiación Social y Relacionamiento con la Ciudadanía coordinará la implementación de la política, con participación de las demás dependencias.
- Las dependencias deben incorporar en sus instrumentos de planeación y gestión las acciones necesarias para cumplir con los objetivos y lineamientos de la política, considerando la normativa vigente y la disponibilidad presupuestal.
- Las dependencias promoverán la coordinación y articulación interna y con entidades externas, autoridades territoriales, comunidades y demás actores relacionados con los parques arqueológicos.
- El Comité de Parques Arqueológicos, apoyado por la Mesa de Monitoreo creada por la Resolución 790 de 2026, realizará seguimiento, evaluación y formulará recomendaciones para la mejora continua de la política.
- Se debe divulgar la política al interior del Instituto y ponerla a disposición de la ciudadanía mediante los medios institucionales, garantizando accesibilidad y comprensión.
- Las dependencias son responsables de suministrar información para el seguimiento, evaluación y actualización de la política.
- La política debe ser revisada y actualizada cuando existan cambios normativos, institucionales, técnicos, territoriales o de gestión que así lo requieran.
Ámbito de aplicación
La política es de obligatorio cumplimiento para todas las dependencias del ICANH y orienta la articulación institucional con entidades públicas y privadas, autoridades territoriales, comunidades y demás actores relacionados con la gestión de los parques arqueológicos administrados por el Instituto. No afecta las competencias o autonomías que correspondan a dichas entidades.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones específicas en la norma; sin embargo, se aclara que la política no modifica ni sustituye competencias, funciones, procedimientos o responsabilidades establecidas en la Constitución, la ley, reglamentos o estructura institucional vigente.
Base legal
La expedición de la norma se fundamenta en el artículo 6° de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 3° de la Ley 1185 de 2008, y en los numerales 3, 4, 8 y 11 del artículo 10 del Decreto 993 de 2025, entre otras disposiciones legales y reglamentarias que regulan la protección del patrimonio cultural y arqueológico.
Fecha de entrada en vigencia
La Resolución 1308 de 2026 rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Régimen de transición
Se deroga expresamente el artículo 1° de la Resolución 123 de 2012 y demás disposiciones contrarias. Las actuaciones, instrumentos y decisiones adoptados con fundamento en las disposiciones derogadas conservarán su validez y efectos jurídicos, siempre que no resulten incompatibles con la presente resolución y la normativa vigente.
Recursos
La implementación de la política se realizará con los recursos asignados al ICANH, conforme a la disponibilidad presupuestal y los instrumentos de planeación institucional, sin que la resolución genere nuevas apropiaciones o erogaciones adicionales no previstas en el presupuesto.
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Este resumen ejecutivo refleja los principales aspectos legales y operativos contenidos en la Resolución 1308 de 2026 del ICANH sobre la Política de Parques Arqueológicos, sin incluir interpretaciones o consideraciones políticas o sociales. La adopción de esta política representa un avance significativo en la protección y gestión sostenible del patrimonio arqueológico colombiano, fortaleciendo la articulación institucional y la participación social en la conservación de estos valiosos espacios.