Entidad autora y tipo de acto propuesto
El proyecto de decreto es presentado por el Departamento Nacional de Planeación como modificación reglamentaria al Decreto 1082 de 2015, único reglamentario del sector administrativo de Planeación Nacional.
Objeto del proyecto
Regula la extensión del régimen de transición y los ajustes operativos para la implementación del Registro Universal de Ingresos (RUI) como único instrumento de focalización de la oferta social.
Cambios normativos concretos
- Modificación del artículo 2.2.8.6.1.3.5 del Decreto 1082 de 2015 para ampliar el plazo de transición del SISBÉN al RUI hasta el 31 de julio de 2027.
- Establecimiento de la obligación para las entidades responsables de programas sociales de adoptar y publicar un acto administrativo antes de finalizar la transición, definiendo esquemas, cronogramas, actividades operativas y mecanismos de atención a la ciudadanía.
- Incorporación de estrategias de divulgación, información y pedagogía dirigidas a beneficiarios, potenciales beneficiarios y grupos de interés sobre el proceso de transición.
- Durante la transición, uso obligatorio de la información del SISBÉN para el reconocimiento y formulación de subsidios y programas sociales.
- Implementación por parte del DNP de ajustes técnicos, metodológicos y tecnológicos para flexibilizar trámites y atender nuevas realidades derivadas del sismo ocurrido en agosto de 2026.
- Exclusión temporal de la obligatoriedad del uso de la Ventanilla Social para la gestión del RUI durante la transición, manteniendo habilitados los canales del SISBÉN.
- Facultad al DNP para expedir actos administrativos que permitan la implementación y puesta en funcionamiento del RUI durante el régimen de transición.
Obligaciones propuestas
| Obligados |
Obligaciones |
Plazos |
| Entidades responsables de programas, políticas, planes, proyectos y servicios sociales |
- Adoptar y publicar acto administrativo con esquema de transición y cronograma.
- Diseñar e implementar estrategias de divulgación y pedagogía.
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Antes del 31 de julio de 2027 (fin del régimen de transición) |
| Departamento Nacional de Planeación |
- Implementar ajustes técnicos y tecnológicos para flexibilizar trámites y atender hogares damnificados.
- Expedir actos administrativos para implementación del RUI.
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Hasta el 31 de julio de 2027 |
| Entidades públicas y particulares que ejercen funciones públicas |
Continuar utilizando información del SISBÉN para focalización durante la transición. |
Hasta el 31 de julio de 2027 |
Ámbito de aplicación
La norma tendrá aplicación a nivel nacional y afectará a todas las entidades públicas y particulares que ejercen funciones públicas involucradas en el diseño, focalización, seguimiento y evaluación de programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social.
Estado legal y participación ciudadana
Se trata de un proyecto de decreto que aún no está en firme ni produce efectos legales. La norma se encuentra en proceso de consulta pública para recibir comentarios y observaciones. La fecha límite para enviar aportes será publicada en el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP) y en la página web oficial del Departamento Nacional de Planeación. Los canales habilitados para la participación ciudadana incluyen plataformas digitales y correos electrónicos, cuya información será divulgada en el proceso de consulta.
Régimen de transición y plazos de implementación
El proyecto amplía el plazo para finalizar la transición al RUI hasta el 31 de julio de 2027. Durante este periodo, se mantiene el uso de la información del SISBÉN y se permite flexibilizar trámites relacionados con hogares afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026. Asimismo, el uso de la Ventanilla Social no será obligatorio durante la vigencia del régimen de transición.
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Este resumen ejecutivo tiene por objeto informar de manera clara y precisa sobre el contenido y alcance del proyecto de decreto relacionado con la focalización social y el Registro Universal de Ingresos, sin que ello implique la aprobación o ejecución inmediata de la norma.