Objeto y ámbito de aplicación
La resolución regula las actividades relacionadas con el cultivo de algodón en el departamento del Cesar para la temporada 2026-2027. Se aplica a todas las personas naturales o jurídicas que realicen actividades de producción, comercialización, asistencia técnica, agremiación o desmote de algodón en dicha región.
Fechas y plazos establecidos
- Registro de productores: Deben registrarse a través de su agremiación en el formulario en línea dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha límite de siembra (25 de septiembre de 2026).
- Venta de semilla certificada: Del 26 de agosto al 20 de septiembre de 2026.
- Fecha de siembra: Entre el 26 de agosto y el 25 de septiembre de 2026.
- Recepción de algodón semilla en desmotadoras: Del 26 de diciembre de 2026 al 20 de marzo de 2027.
- Destrucción de socas:
- Primera etapa: destrucción total de la parte aérea inmediatamente después de la cosecha, antes del 25 de marzo de 2027.
- Segunda etapa: destrucción de rebrotes y plantas voluntarias antes del 30 de abril de 2027.
- Período de veda: Del 30 de abril al 30 de julio de 2027. Durante este período está prohibida la siembra y la permanencia de socas, plantas voluntarias o cultivos abandonados.
Obligaciones principales
Para productores: - Inscribirse en una agremiación algodonera.
- Registrar los cultivos a través de la agremiación.
- Cumplir con el plan de manejo de bioseguridad y seguimiento para siembras comerciales de algodones genéticamente modificados según Resolución ICA No. 072221 de 2020 o normativa vigente.
- Sembrar solo dentro de las fechas autorizadas y...