Entidad proponente y publicación
El proyecto de resolución fue propuesto por el Ministerio de Minas y Energía. Se encuentra publicado para recibir comentarios y observaciones, conforme a los mecanismos y plazos establecidos por la entidad, sin que hasta la fecha haya sido expedido ni entre en vigor.
Objeto del proyecto
El proyecto establecería la creación del Comité Sectorial para la Seguridad Energética del País. Este Comité tendría como objetivo planear, coordinar, hacer seguimiento y evaluar acciones destinadas a la prevención, mitigación y atención de impactos derivados de fenómenos naturales, como el Fenómeno “El Niño”, así como de limitantes técnicas, operacionales y de infraestructura en el sector energético.
Disposiciones y obligaciones propuestas
De expedirse, el proyecto crearía las siguientes disposiciones y obligaciones:
- Creación del Comité Sectorial para la Seguridad Energética del País: órgano encargado de coordinar acciones para garantizar la continuidad y seguridad del suministro energético frente a riesgos climáticos y operativos.
- Integración del Comité: estaría conformado por altos funcionarios del Ministerio de Minas y Energía, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas (IPSE), con invitados permanentes como el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), la Superintendencia de Servicios Públicos y XM S.A. E.S.P.
- Funciones del Comité:
- Gestionar acciones de mitigación y atención de impactos asociados a fenómenos naturales y limitaciones del sector.
- Coordinar acciones sectoriales relacionadas con el Fenómeno “El Niño”.
- Realizar seguimiento permanente a variables hidrológicas, niveles de embalses, demanda energética y capacidad operativa.
- Proponer estrategias preventivas y acciones regulatorias, técnicas y operativas.
- Articular la gestión interinstitucional entre entidades nacionales y territoriales, agentes y gremios del sector.
- Promover campañas de uso eficiente y ahorro de energía.
- Identificar barreras técnicas y regulatorias que afecten la capacidad de respuesta.
- Elaborar informes técnicos y recomendaciones para la toma de decisiones.
- Coordinar con el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y autoridades competentes.
- Designación de un Coordinador Técnico: encargado del liderazgo técnico y apoyo operativo del Comité, sin funciones de política pública o regulación.
- Secretaría Técnica: a cargo del Director de Energía Eléctrica del Ministerio de Minas y Energía, responsable de la coordinación logística, documentación y seguimiento del Comité.
- Reglas de funcionamiento: sesiones ordinarias mensuales y extraordinarias según necesidad; posibilidad de realización presencial, virtual o híbrida; conformación de grupos técnicos especializados; adopción de recomendaciones por mayoría simple, con voto favorable obligatorio del Ministro o delegado.
- Recursos: las actividades del Comité se desarrollarían con cargo a los recursos asignados a las entidades que lo conforman, conforme al marco fiscal vigente.
- Derogatoria: se propone la derogación expresa de la Resolución 40269 de 2026, sustituyéndola en su integridad.
Ámbito de aplicación
El Comité tendría un ámbito nacional, vinculando a las entidades públicas y privadas del sector energético, incluidos organismos reguladores, operadores y entes técnicos. El proyecto no contempla exclusiones expresas respecto a la participación o aplicación.
Plazo y mecanismos para participación ciudadana
El proyecto fue publicado en la página web del Ministerio de Minas y Energía para recibir comentarios y observaciones. El plazo para presentar aportes y observaciones se encuentra establecido en el documento de publicación, conforme a la normatividad vigente. Los mecanismos para la participación ciudadana incluirían canales como formularios web, correo electrónico o radicación física, dirigidos a la Secretaría General del Ministerio de Minas y Energía, sin requerimientos adicionales formales específicos indicados en el proyecto.
Base legal y facultades para la expedición
El proyecto se fundamentaría en las facultades constitucionales y legales del Ministerio de Minas y Energía, en particular los artículos 208 y 365 de la Constitución Política, las Leyes 142, 143 y 489 de 1998, los Decretos 381 de 2012 y sus modificaciones, la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), entre otras normas concordantes.
Modificaciones propuestas
El proyecto derogaría la Resolución 40269 de 2026, que creó un comité temporal para la atención del Fenómeno “El Niño” en el sector minero energético, estableciendo en su lugar el Comité Sectorial para la Seguridad Energética con funciones permanentes y ampliadas.
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Este resumen presenta el contenido principal del proyecto de resolución del Ministerio de Minas y Energía para la creación de un Comité Sectorial para la Seguridad Energética del País. El documento permanece en etapa de consulta pública y no produce efectos jurídicos vigentes hasta su eventual expedición final. Se espera que, con la implementación de este Comité, se fortalezca la capacidad de respuesta y coordinación ante riesgos climáticos y técnicos que afectan el sector energético, garantizando así la seguridad y continuidad del suministro para el país.