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Proyecto de resolución del Ministerio de Transporte plantearía derogatoria de circular sobre control en vía con dispositivo electrónico

Proviene de: Proyectos de Resolución

7 de septiembre de 2026 17:13:14

Entidad proponente y objeto del proyecto

El proyecto de resolución fue presentado por el Ministerio de Transporte y fue publicado para comentarios en fecha reciente. Su objeto central sería derogar y dejar sin efectos la Circular Externa Conjunta No. 20254000000867 del 24 de diciembre de 2025, expedida conjuntamente por la Dirección de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte, la cual regula el procedimiento contravencional de control en vía apoyado en dispositivo electrónico.

Disposiciones y obligaciones propuestas

De expedirse, el proyecto establecería las siguientes disposiciones:
  • Derogación y pérdida de efectos: La circular mencionada quedaría derogada a partir de la publicación de la resolución, operando hacia el futuro y sin afectar situaciones jurídicas consolidadas ni actuaciones contravencionales adelantadas durante su vigencia.
  • Limitación del alcance jurídico: La circular derogada no podría ser invocada como fundamento jurídico autónomo para exigir requisitos, cargas, reportes, procedimientos o condiciones de validez del comparendo distintos a los previstos en la Constitución Política, la Ley 769 de 2002, la Ley 1843 de 2017, el Decreto Ley 2106 de 2019, la Ley 2251 de 2022, la Ley 2294 de 2023 y la Resolución 20223040045295 de 2022.
  • Actuaciones administrativas en curso: La derogatoria no implicaría el archivo, nulidad, convalidación o terminación automática de las actuaciones contravencionales o administrativas en curso, debiendo cada autoridad determinar la norma aplicable conforme al marco legal vigente.
  • Aclaración sobre el control en vía apoyado en dispositivo electrónico: Se reiteraría que dichos equipos no requieren autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial siempre que el procedimiento sea realizado directamente por un agente de tránsito competente, presente y visible en el lugar de la infracción, que opere manualmente el dispositivo y elabore la orden de comparendo en el sitio, conforme al artículo 135 de la Ley 769 de 2002.
  • No reviviscencia: La derogatoria no implicaría la reviviscencia automática de circulares, instrucciones o lineamientos anteriores que hubieran sido sustituidos o dejados sin efectos por la circular derogada.
  • Publicación y comunicación: Se ordenaría la publicación de la resolución en el Diario Oficial y en el sitio web del Ministerio de Transporte, así como su comunicación a la Superintendencia de Transporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la Dirección de Transporte y Tránsito y las autoridades de tránsito del país.
  • Vigencia: La resolución regiría a partir de su publicación y derogaría expresamente la circular mencionada y demás disposiciones contrarias.

Ámbito de aplicación

El proyecto tendría aplicación nacional, vinculando a las autoridades de tránsito del país, la Dirección de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial en lo relativo a las disposiciones sobre control en vía apoyado en dispositivo electrónico.

Plazo y mecanismos de participación ciudadana

El proyecto se encuentra en etapa de comentarios y participación ciudadana. La entidad proponente ha dispuesto un plazo para la presentación de observaciones, el cual deberá consultarse en la publicación oficial del proyecto. Los mecanismos de participación habilitados incluyen la recepción de comentarios a través de canales formales como correo electrónico, formularios web o radicación física, dirigidos a la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Transporte o al área indicada en la convocatoria. Se recomienda consultar los requisitos formales específicos y los detalles para la presentación de aportes en el sitio web oficial del Ministerio.

Base legal y modificaciones normativas

El proyecto se fundamentaría en diversas disposiciones constitucionales y legales, entre ellas:
  • Artículos 189, 208 y 209 de la Constitución Política.
  • Ley 489 de 1998.
  • Ley 1843 de 2017 y Decreto Ley 2106 de 2019.
  • Ley 1437 de 2011.
  • Ley 2197 de 2022.
  • Ley 2251 de 2022.
  • Ley 2294 de 2023.
  • Resolución 20223040045295 de 2022.
Además, el proyecto derogaría expresamente la Circular Externa Conjunta No. 20254000000867 de 2025 y cualquier otra circular expedida por el Ministerio de Transporte que resulte contraria a dichas normas. --- Este resumen ejecutivo presenta el contenido principal del proyecto de resolución del Ministerio de Transporte, publicado para la participación ciudadana, sin que sus disposiciones tengan efectos legales vigentes hasta su posible expedición definitiva. Se invita a la ciudadanía a participar activamente en el proceso de consulta para contribuir con observaciones y propuestas que enriquezcan el reglamento final.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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