Antecedentes del caso
En ejercicio del medio de control previsto en la Ley 1437 de 2011, se presentó demanda para solicitar la nulidad del decreto que nombró al secretario de Deporte, Recreación, Actividad Física y Aprovechamiento del Tiempo Libre en el municipio de Popayán. La demanda alega que, al momento del nombramiento, la participación femenina en los cargos de secretario de despacho era inferior al 50 % exigido por la normativa vigente.
El municipio defendió la legalidad del acto, argumentando que la estructura administrativa está conformada por varios cargos de máximo nivel decisorio, incluyendo secretarías y jefaturas de oficina, y que la participación femenina en dichos cargos superaba el mínimo legal. Además, señaló que, de acuerdo con el parágrafo del artículo 4 de la Ley 581 de 2000, la supuesta infracción solo genera una sanción disciplinaria y no afecta la validez del acto administrativo.
Consideraciones jurídicas y trámite procesal
El tribunal recordó que las excepciones presentadas por la parte demandada constituyen excepciones de mérito que deben resolverse en sentencia. Asimismo, se indicó que el trámite de sentencia anticipada es procedente en este caso, dado que las pruebas documentales aportadas son suficientes y las pruebas solicitadas por la defensa resultan impertinentes.
Respecto a las pruebas, se decretaron ciertos documentos solicitados por la parte demandante y se negó la práctica de interrogatorio de parte y prueba testimonial solicitadas por la defensa, debido a que no cumplen con los requisitos de pertinencia, conducencia y utilidad establecidos en la ley.
El objeto del litigio quedó fijado en determinar si el decreto de nombramiento fue expedido con violación a las normas sobre la cuota de género, en particular la Ley 581 de 2000 modificada por la Ley 2424 de 2024.
Próximos pasos
Se corrió traslado por tres días para que las partes ejercieran su derecho de contradicción sobre las pruebas decretadas. Luego, se otorgó un término de diez días para la presentación de alegatos de conclusión, en el cual el Ministerio Público podrá emitir concepto si lo considera pertinente. Finalizado este término, se dictará sentencia anticipada por escrito.
Este proceso es relevante para la correcta aplicación de la cuota de género en cargos de máximo nivel decisorio en la administración pública municipal, garantizando el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia de equilibrio de género. Con esta decisión, se espera fortalecer la participación equitativa de mujeres en la administración pública y asegurar que los nombramientos respeten las normativas establecidas para promover la igualdad de género.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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