Entidad emisora, número y tipo de norma
La Circular 341 de 2026 fue expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) el 4 de septiembre de 2026. Se trata de un acto administrativo de carácter interno dirigido a los agentes del mercado de energía y otros interesados.
Objeto de la norma
La circular regula la invitación a presentar comentarios, propuestas y recomendaciones respecto de los procesos de subasta para la asignación de Obligaciones de Energía Firme (OEF) que serán convocados próximamente por la CREG.
Cambios normativos concretos
La circular no modifica ni deroga normas previas, sino que:
- Informa sobre la planificación y análisis en curso de las próximas subastas de OEF.
- Invita a los agentes del Mercado de Energía Mayorista (MEM), gremios, Centro Nacional de Despacho, Consejo Nacional de Operación, desarrolladores de proyectos, usuarios y terceros interesados a participar mediante la presentación de aportes al proceso.
- Solicita a los desarrolladores y agentes generadores registrar sus proyectos en desarrollo en la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) y, si lo consideran, informar a la CREG información relevante sobre dichos proyectos.
Obligaciones creadas
- Los interesados deben remitir comentarios, propuestas, recomendaciones e informes sobre proyectos y documentos de soporte a la CREG en un plazo máximo de 15 días calendario desde la publicación de la circular.
- Las comunicaciones deben enviarse al correo electrónico creg@creg.gov.co con el asunto “Comentarios, propuestas y recomendaciones al mecanismo de subasta de asignación de OEF”.
- Los desarrolladores y agentes generadores tienen la obligación de registrar en la UPME sus proyectos en desarrollo, incluyendo información sobre:
- Estado del proyecto.
- Tipo de fuente de generación.
- Capacidad en megavatios (MW).
- Estado del punto de conexión.
- Estado de la licencia ambiental.
- Fecha probable de finalización y entrega de energía al sistema.
Ámbito de aplicación
La circular tiene alcance nacional y está dirigida a todos los agentes participantes en el Mercado de Energía Mayorista, gremios, operadores del sistema eléctrico, desarrolladores de proyectos, usuarios y terceros interesados en el sector eléctrico.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones ni exclusiones expresas en la circular.
Base legal
La expedición de la circular se fundamenta en las facultades reglamentarias y de supervisión que la CREG tiene sobre el Mercado de Energía Mayorista y los procesos relacionados con las Obligaciones de Energía Firme.
Fecha de entrada en vigencia y régimen de transición
La circular entró en vigencia el día de su publicación, 4 de septiembre de 2026. Los interesados cuentan con un plazo de 15 días calendario para remitir sus comunicaciones, contado desde la fecha de publicación.
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Este resumen ejecutivo presenta los aspectos esenciales de la Circular 341 de 2026, que convoca a la participación en la planeación y mejora de los procesos de subasta para la asignación de Obligaciones de Energía Firme en Colombia. La CREG reitera la importancia de la colaboración de todos los actores del sector para garantizar la transparencia y eficiencia en estos procesos, fundamentales para la seguridad energética del país. Se espera que, con la participación activa de los interesados, las futuras subastas contribuyan a fortalecer el mercado eléctrico y asegurar el suministro confiable de energía a largo plazo.