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Auto interlocutorio del Tribunal Administrativo del Chocó corrige error aritmético en condena económica

Proviene de: Sentencias

8 de septiembre de 2026 20:33:41

Naturaleza de la providencia y tribunal

El Tribunal Administrativo del Chocó, Sala Primera de Decisión, en segunda instancia, emitió un auto interlocutorio para resolver la solicitud de corrección de errores aritméticos formulada respecto a la Sentencia N.° 22 del 20 de marzo de 2026, en un proceso de Protección de Derechos e Intereses Colectivos (acción popular).

Sentido de la decisión

El tribunal resolvió:
  • Corregir el numeral tercero de la parte resolutiva de la sentencia para precisar que la condena impuesta al municipio comprende dos sumas independientes y acumulables: un salario mínimo legal mensual vigente por concepto de agencias en derecho, y la suma de un millón setecientos cincuenta mil novecientos cinco pesos ($1.750.905) por concepto de gastos procesales.
  • Mantener incólumes las demás determinaciones de la sentencia adicionada.
  • Ordenar que, en firme la corrección, se remita el expediente al juzgado de origen para los fines correspondientes.

Razón principal de la decisión

La Sala identificó que en la parte considerativa de la sentencia se diferenciaron claramente los conceptos de agencias en derecho y gastos procesales, pero en la parte resolutiva se consignó una redacción que indujo a error al presentar ambos conceptos como una única suma. Esta imprecisión afecta la correcta ejecución del fallo, dado que la liquidación de costas omitió reconocer las agencias en derecho de forma independiente. Por ello, la corrección se fundamenta en el artículo 286 del Código General del Proceso, que permite corregir errores aritméticos o de expresión numérica sin modificar el sentido material de la providencia.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso se originó por una acción popular promovida contra un municipio para amparar derechos colectivos relacionados con la moralidad administrativa, defensa del patrimonio público, seguridad y salubridad pública, acceso y calidad en la prestación de servicios públicos, y prevención de desastres técnicos. Entre las pretensiones se incluía la orden para que el municipio realizara estudios técnicos sobre riesgos y definiera la organización de un cuerpo de bomberos, así como la condena al pago de agencias en derecho. Posteriormente, la parte demandante presentó solicitud de aclaración y corrección de la sentencia, argumentando que la condena económica no reflejaba adecuadamente la suma total por agencias en derecho y gastos procesales, lo que motivó el análisis y corrección por parte del tribunal.

Efectos jurídicos de la providencia

La corrección garantiza la correcta liquidación y reconocimiento económico de las costas procesales y agencias en derecho en el proceso, obligando al municipio a cumplir con las sumas establecidas de forma separada y acumulable. Además, el auto interlocutorio vincula a las partes y a las autoridades judiciales para su cumplimiento y ejecución. La decisión no modifica el contenido sustancial de la sentencia original, sino que ajusta su expresión numérica para evitar confusiones en la ejecución del fallo. Una vez en firme, el expediente será remitido al juzgado de origen para las actuaciones pertinentes, asegurando así la adecuada administración de justicia y la protección efectiva de los derechos colectivos involucrados.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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