Operación de confirming y su naturaleza cambiaria
El concepto responde a una consulta sobre cómo reportar el pago y los intereses de una operación de confirming internacional gestionada por un intermediario del mercado cambiario (IMC). Se precisa que la operación corresponde a una importación de bienes y que, desde el punto de vista cambiario, la transacción se considera una negociación de cartera sobre instrumentos de pago en moneda extranjera. Esta operación está autorizada expresamente para los IMC conforme al parágrafo 6 del artículo 8 de la Resolución Externa 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República.
Es importante destacar que la adquisición de los instrumentos de pago por parte del IMC no modifica la moneda en que están denominados ni altera la naturaleza de la operación cambiaria.
Modalidades de pago y obligaciones de reporte
Para el pago al nuevo acreedor (el IMC), el residente importador puede efectuar el pago en moneda legal colombiana o en moneda extranjera, según lo acordado con el intermediario. Si el pago se realiza en moneda extranjera, es obligatorio presentar la declaración de cambio por importaciones de bienes ante el banco; por el contrario, si el pago se hace en moneda legal, no se requiere reporte alguno.
Respecto al pago de los intereses que deban ser asumidos por el residente importador, estos deben reportarse como operación de cambio bajo el numeral 2126, correspondiente a “Intereses por financiación de importaciones - deuda privada - otorgadas por intermediarios del mercado cambiario”. Este numeral comprende el egreso de divisas para el pago de intereses corrientes y de mora por créditos en moneda extranjera que financian importaciones de bienes y que no requieren informe previo al Banco de la República.
Consulta y acceso a la normatividad vigente
El régimen de cambios e inversiones internacionales y la normatividad aplicable pueden consultarse en la página web del Banco de la República, específicamente en la sección de política monetaria y cambiaria, bajo regulación y operaciones cambiarias.
Este concepto aporta claridad sobre el adecuado tratamiento cambiario y las obligaciones de reporte para las operaciones de confirming internacional realizadas por intermediarios autorizados, fortaleciendo la transparencia y el cumplimiento normativo en estas transacciones. De esta manera, se busca garantizar que las operaciones se registren correctamente y se ajusten a la regulación vigente, facilitando un control efectivo por parte de las autoridades cambiarias.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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