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Banco de la República aclara el uso de cuentas de compensación en operaciones de factoring entre residentes

Proviene de: Conceptos

9 de septiembre de 2026 16:42:9

Restricciones para pagos en factoring entre residentes

La Secretaría de la Junta Directiva del Banco de la República respondió a una consulta sobre la posibilidad de utilizar una cuenta de compensación para que un residente (factor) pague a otro residente por la adquisición de instrumentos de pago derivados de operaciones internas de factoring. Según el concepto, y en línea con lo señalado por la Superintendencia de Sociedades en un oficio de 2017, el factoring se define como la compra de títulos valores, vencidos o no, por parte de una persona jurídica denominada factor, que cobra el importe a cambio de una retribución, proporcionando liquidez al vendedor o cliente (factorado). No obstante, la normativa aplicable, específicamente el numeral 8.1 del Capítulo 8 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP 83 del Banco de la República, establece una restricción clara: los créditos entre residentes no pueden desembolsarse en moneda extranjera desde cuentas de compensación. Por lo tanto, el pago por la compra de instrumentos derivados de factoring no puede realizarse desde la cuenta de compensación del factor hacia las cuentas de compensación de los factorados o hacia las cuentas del mercado libre de las sucursales bajo régimen cambiario especial.

Moneda legal colombiana como medio de pago

En consecuencia, la operación de factoring debe pagarse en moneda legal colombiana, conforme a lo previsto en los artículos 86 de la Resolución Externa 1 de 2018 de la Junta Directiva y 2.17.1.3 del Decreto 1068 de 2015. La entidad recordó que el régimen de cambios e inversiones internacionales puede ser consultado en la página oficial del Banco de la República, en la sección de política monetaria y cambiaria, regulación y operaciones cambiarias. Este concepto reafirma la importancia de cumplir con las disposiciones cambiarias vigentes para operaciones internas entre residentes, evitando el uso inadecuado de cuentas de compensación en moneda extranjera y asegurando la correcta aplicación de la normativa cambiaria. De esta manera, se busca mantener la transparencia y legalidad en las transacciones financieras, protegiendo el orden cambiario y fortaleciendo la confianza en el sistema financiero colombiano.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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