Entidad proponente y objeto del proyecto
El proyecto de resolución fue presentado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y publicado para comentarios en 2026. Su objeto central sería derogar expresamente las resoluciones mencionadas, junto con los documentos técnicos de soporte, anexos cartográficos, matrices y demás instrumentos integrales relacionados. Estas resoluciones declararon y modificaron las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos en varios municipios de la región sur del departamento de La Guajira.
Disposiciones y obligaciones propuestas
De expedirse, el proyecto establecería lo siguiente:
- Derogatoria expresa de la Resolución 000161 de 20 de junio de 2024 y de la Resolución 000289 de 1 de septiembre de 2025, incluyendo documentos técnicos y anexos relacionados.
- La derogatoria produciría efectos desde la entrada en vigencia del acto, dejando sin efectos las APPA declaradas como determinantes de ordenamiento territorial de nivel 2.
- Las actuaciones administrativas en curso que no hayan sido decididas definitivamente se resolverían con base en el ordenamiento vigente al momento de la decisión, sin poder sustentarse en las resoluciones derogadas.
- No modificaría por sí misma los instrumentos de ordenamiento territorial ni los actos territoriales válidamente adoptados durante la vigencia de las resoluciones derogadas.
- Mantendría vigentes otras determinantes de ordenamiento territorial de nivel 1, planes de ordenación y manejo de cuencas hidrográficas, y normas ambientales y territoriales aplicables en los municipios afectados.
- Ordenaría la actualización en un plazo de diez (10) días hábiles de los sistemas de información, visores geográficos, capas cartográficas y documentos oficiales para reflejar la derogatoria.
- Establecería que cualquier capa cartográfica o documento oficial que continúe mostrando las APPA derogadas debe advertir expresamente la ausencia de vigencia jurídica.
- Dispone la coordinación institucional entre el Ministerio, la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA), los municipios involucrados, la Gobernación de La Guajira, la Corporación Autónoma Regional de La Guajira y demás entidades competentes para la incorporación adecuada de la derogatoria en instrumentos y actuaciones administrativas.
- Comunicaría la resolución a las autoridades municipales, departamentales, entidades nacionales vinculadas y demás usuarios de la información derivada de las resoluciones derogadas.
Ámbito de aplicación
El proyecto afectaría a los municipios de Barrancas, Distracción, El Molino, Fonseca, Hatonuevo, La Jagua del Pilar, San Juan del Cesar, Urumita y Villanueva, ubicados en la región sur del departamento de La Guajira. Las disposiciones se aplicarían en todo el territorio comprendido por las resoluciones derogadas y a las autoridades municipales y regionales encargadas del ordenamiento territorial y la planificación rural.
Excepciones y consideraciones complementarias
El proyecto no modificaría ni afectaría la vigencia de determinantes ambientales de nivel 1 ni los planes de ordenación y manejo de cuencas o figuras de conservación vigentes en la región. Tampoco alteraría la habilitación legal contenida en la Ley 388 de 1997 ni las competencias atribuidas al Ministerio y a la UPRA.
Se contempla un régimen de transición que ordena la resolución de actuaciones administrativas en curso conforme al ordenamiento vigente y sin sustentar decisiones en las resoluciones derogadas. Además, no se pronunciaría sobre la validez originaria de las resoluciones derogadas ni sobre actos particulares adoptados durante su vigencia, sin perjuicio de las competencias administrativas y judiciales correspondientes.
Plazo y mecanismos para la participación ciudadana
El proyecto fue publicado para consulta pública en el Sistema Único de Consulta Pública durante un período determinado en 2026 (fechas específicas no indicadas en el extracto). Durante este plazo, la ciudadanía, organizaciones y entidades interesadas podrían presentar observaciones y comentarios.
Las observaciones recibidas serían evaluadas y respondidas mediante un informe incorporado al expediente y publicado conforme a los requisitos legales. Los canales específicos para la presentación de comentarios, tales como correo electrónico, formularios web o radicación física, no fueron detallados en el texto disponible.
Base legal y modificaciones normativas
El Ministerio se fundamentaría en sus facultades constitucionales y legales, entre ellas los artículos 208 de la Constitución Política, 58 y 59 de la Ley 489 de 1998, numerales del artículo 6 del Decreto 1985 de 2013 y disposiciones de la Ley 388 de 1997, modificada por la Ley 2294 de 2023.
El proyecto derogaría expresamente las Resoluciones 000161 de 2024 y 000289 de 2025 y sus documentos técnicos asociados, sin modificar otras normas vigentes relacionadas con determinantes ambientales o instrumentos territoriales.
Conclusión
El proyecto de resolución del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural plantearía la derogatoria conjunta de las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos declaradas en la región sur de La Guajira mediante las resoluciones mencionadas, con el fin de cesar sus efectos como determinantes de ordenamiento territorial de nivel 2. La propuesta se encuentra en etapa de consulta pública para recibir aportes antes de su eventual expedición, momento a partir del cual produciría efectos jurídicos vinculantes conforme a lo establecido.
Esta iniciativa busca ajustar los instrumentos de ordenamiento territorial y planificación rural para responder a nuevas dinámicas y necesidades de la región, garantizando la participación ciudadana y la coordinación interinstitucional en el proceso. Se espera que, una vez se cierren los plazos de consulta, el Ministerio evalúe cuidadosamente todos los comentarios para tomar una decisión informada y equilibrada que beneficie a las comunidades y al desarrollo sostenible de La Guajira.