Auto del Tribunal Administrativo de Córdoba confirma rechazo de recurso de apelación por extemporáneo
Proviene de: Sentencias
14 de septiembre de 2026 20:51:24
Naturaleza de la providencia y competencia
Se trata de un auto emitido por la Sala Segunda del Tribunal Administrativo de Córdoba, en el ejercicio del recurso de queja contra un auto del Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Montería. Este Tribunal es competente para resolver el recurso de queja interpuesto contra la decisión que denegó un recurso de apelación.Sentido de la decisión
El Tribunal resolvió:- Estimar bien denegado el recurso de apelación presentado contra la sentencia que negó las pretensiones en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
- Confirmar que el recurso de apelación fue interpuesto de manera extemporánea.
- Advertir que contra esta decisión no procede recurso alguno.
- Ordenar comunicar la decisión al juzgado de origen conforme al artículo 353 del Código General del Proceso.
Razón principal de la decisión
El fundamento central para negar la concesión del recurso de apelación fue el incumplimiento del término legal para su interposición. Según el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021, el recurso de apelación contra sentencias debe presentarse dentro de los diez días siguientes a la notificación. En el caso analizado, la sentencia objeto del recurso fue notificada mediante buzón electrónico el 26 de noviembre de 2021. Conforme al inciso tercero del artículo 8 del Decreto Legislativo 806 de 2020, la notificación se considera surtida dos días hábiles después del envío del mensaje, es decir, el 1.º de diciembre de 2021. Por tanto, el término para interponer el recurso de apelación vencía...Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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