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Respuesta de la CREG sobre el proyecto de regasificación de gas natural licuado en La Guajira

Proviene de: Conceptos

14 de septiembre de 2026 18:23:42

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) respondió a un derecho de petición trasladado por el Ministerio de Minas y Energía en relación con el proyecto de infraestructura para almacenamiento y regasificación de gas natural licuado (GNL) en La Guajira, conocido como proyecto Ballena. Este proyecto busca conectar la nueva infraestructura al Sistema Nacional de Transporte (SNT) de gas natural.

Competencias y evaluación técnica

El análisis y priorización de alternativas para la ubicación y construcción de infraestructuras de regasificación, incluyendo la evaluación de capacidad, costo, cronograma y riesgos, corresponden a la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME). Esta entidad elabora los estudios técnicos que sustentan el Plan de Abastecimiento de Gas Natural 2023-2032, adoptado mediante resolución ministerial. En contraste, la CREG se limita a regular la remuneración económica de los proyectos ejecutados por el transportador incumbente, sin intervenir en la selección de alternativas.

Valor de la inversión y esquema de remuneración

El reconocimiento del valor eficiente de la inversión y gastos asociados a proyectos prioritarios embebidos en el sistema de transporte, como el proyecto Ballena, es competencia de la CREG. La valoración se realiza conforme a la normativa vigente, que incluye procedimientos técnicos y administrativos detallados en resoluciones específicas. La remuneración se efectúa a través de un ingreso regulado que cubre la inversión y gastos de administración, operación y mantenimiento durante un período estándar de pagos. Este esquema garantiza que la empresa no asuma riesgo por demanda, siempre que cumpla con hitos y fechas de puesta en operación.

Impacto tarifario y costos del gas

Actualmente, no existe una estimación definitiva sobre el impacto que el proyecto tendrá en la tarifa final del servicio público domiciliario de gas combustible ni sobre el costo estimado del gas natural importado por GNL. Estos análisis dependen de aclaraciones técnicas pendientes y de la culminación de la actuación administrativa correspondiente. Por ello, no es posible realizar comparaciones definitivas con los costos del gas producido nacionalmente.

Acceso abierto y competencia

Las reglas para el acceso abierto y no discriminatorio tanto a la terminal de regasificación como al gasoducto de conexión están en desarrollo regulatorio por parte de la CREG. Se ha sometido a consulta pública una propuesta que incluye mecanismos para la asignación y utilización de capacidad y medidas para evitar prácticas de autocontratación o trato preferente, garantizando transparencia y competencia. La regulación definitiva se definirá tras el análisis de los comentarios recibidos en este proceso.

Pronunciamientos y control

Se incluyen también conceptos y pronunciamientos emitidos por la CREG y otras entidades de supervisión sobre la integración vertical, competencia en el mercado de importación de gas y control de infraestructuras relacionadas. Estos documentos están disponibles como anexos a la comunicación oficial. En conclusión, la CREG aclara que su función principal en este proyecto es la regulación económica de la inversión y la remuneración, mientras que aspectos técnicos y de planeación están a cargo de la UPME y el Ministerio de Minas y Energía. La regulación sobre acceso y competencia continúa en proceso de definición para garantizar condiciones equitativas y transparentes en el mercado de gas natural. De esta manera, se busca asegurar que el desarrollo del proyecto Ballena contribuya eficazmente al abastecimiento energético del país, promoviendo la competencia y la sostenibilidad en el sector.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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