Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2024, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Proyecto de resolución de la DIAN plantearía suspensión temporal de términos aduaneros en Buenaventura

Proviene de: Proyectos de Resolución

15 de septiembre de 2026 10:21:57

Entidad proponente y fecha de publicación para comentarios

El proyecto de resolución fue propuesto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y publicado para comentarios el 14 de septiembre de 2026, por un periodo excepcional de tres horas, conforme a lo previsto en la normativa vigente para casos de urgencia.

Objeto del proyecto

El proyecto buscaría adoptar medidas temporales de suspensión de términos de actuaciones administrativas en materia aduanera en la jurisdicción de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Buenaventura, con el fin de facilitar el comercio exterior y garantizar condiciones operativas adecuadas tras el evento sísmico del 10 de agosto de 2026 y la consecuente situación de emergencia.

Disposiciones y obligaciones propuestas

De expedirse, el proyecto establecería la suspensión de los siguientes términos administrativos aduaneros hasta el 2 de noviembre de 2026 en la jurisdicción señalada:
  • Ingreso de mercancías al territorio aduanero nacional.
  • Términos de permanencia en lugar de arribo y en depósito.
  • Presentación y ejecución de declaraciones aduaneras en cualquier régimen o modalidad, incluyendo importaciones temporales.
  • Autorización, ejecución y finalización del régimen de tránsito aduanero.
  • Operaciones desde y hacia zona franca.
  • Términos en que el usuario aduanero manifieste impedimento expreso para responder requerimientos o efectuar visitas en trámites de habilitación, inscripción, autorización, declaratoria o modificación de registros aduaneros.
La suspensión aplicaría tanto a la autoridad aduanera como a los usuarios aduaneros. Paralelamente, el proyecto excluye expresamente de la suspensión:
  • Trámites relacionados con la calificación como Operador Económico Autorizado y sus resoluciones de aceptación o rechazo, siempre que tengan las acciones requeridas.
  • Actuaciones para ampliaciones provisionales de puertos, muelles y depósitos.
  • Trámites de pérdida de autorizaciones, habilitaciones o inscripciones reguladas en normas específicas.
  • Actuaciones relativas a la aprobación de garantías globales.
  • Expedición de resoluciones de clasificación arancelaria, unidades funcionales, resoluciones anticipadas y calificación de exportador autorizado.
Además, la suspensión de términos se aplicaría para obligaciones y trámites no cumplidos desde el 10 de agosto de 2026, fecha del evento sísmico. Se permitiría adelantar trámites en condiciones de normalidad operativa sin perder validez legal.

Ámbito de aplicación

El proyecto sería aplicable en todo el territorio de la jurisdicción de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Buenaventura. Quedarían sujetos a esta medida todos los usuarios aduaneros y servidores públicos que realicen actuaciones aduaneras en dicha jurisdicción.

Plazo para presentar comentarios y mecanismos de participación

El proyecto fue publicado para comentarios por un plazo excepcional de tres horas el día 14 de septiembre de 2026, conforme a la excepción prevista para situaciones de urgencia en el Decreto 1081 de 2015. No se indican canales adicionales de participación ni requisitos formales específicos en el documento analizado.

Base legal y aspectos complementarios

La DIAN fundamentaría la expedición del proyecto en el artículo 2 de la Ley 1609 de 2013, los numerales 1 y 2 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020, y el Decreto 1384 de 2026, que autorizan a adoptar medidas excepcionales sobre términos y procedimientos administrativos en situaciones de calamidad pública. El proyecto no modificaría ni derogaría disposiciones de la Resolución 46 de 2019, sino que introduciría una suspensión temporal de términos en la operación aduanera dentro de la jurisdicción de Buenaventura. La vigencia de la medida propuesta comenzaría al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial y se extendería hasta el 2 de noviembre de 2026, inclusive. A partir del 3 de noviembre de 2026 se reanudarían todos los términos para el cumplimiento de trámites y obligaciones aduaneras. En cuanto al impacto, el proyecto no generaría costos adicionales ni impacto fiscal para la DIAN y no implicaría afectaciones ambientales ni al patrimonio cultural.

Comunicación y publicación

El proyecto indicaría que, de expedirse, la resolución sería comunicada a las dependencias competentes y publicada en el Diario Oficial y en los canales institucionales de la DIAN. --- Este resumen ejecutivo presenta el contenido esencial del proyecto de resolución de la DIAN sobre la suspensión temporal de términos aduaneros en la jurisdicción de Buenaventura, el cual se encuentra en etapa de consulta pública y no produce efectos jurídicos vigentes. La medida busca responder de manera ágil y efectiva a las consecuencias del desastre nacional, asegurando la continuidad y la legalidad de los procesos aduaneros en un contexto excepcional.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Aduanas

No se encontraron sugerencias