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Resolución 54-00-067-2026: reajuste de avalúos catastrales rurales en Ocaña, Norte de Santander

Proviene de: Resoluciones

17 de septiembre de 2026 12:15:37

Entidad emisora, número, tipo de norma y fecha

La Resolución 54-00-067-2026 fue expedida por la Dirección Territorial de Norte de Santander del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) el 8 de septiembre de 2026.

Objeto de la norma

La resolución regula el reajuste de los porcentajes de incremento aplicables a los avalúos catastrales de las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Ocaña, para la vigencia catastral que inicia el 1° de enero de 2026.

Cambios normativos concretos

  • Modifica los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales establecidos en la Resolución IGAC 2057 de 30 de diciembre de 2025 para las zonas rurales del municipio de Ocaña.
  • Actualiza los valores unitarios de terreno en las zonas homogéneas geoeconómicas rurales en el Sistema Nacional Catastral.
  • Mantiene sin cambios los valores para las zonas 05, 23, 24 y 25.
  • Confirma que las demás disposiciones de la Resolución 2057 de 2025 permanecen vigentes.

Obligaciones creadas

  • La Dirección Territorial de Norte de Santander del IGAC debe actualizar y aplicar los nuevos porcentajes de incremento en el Sistema Nacional Catastral para la vigencia 2026.
  • El municipio de Ocaña debe ser informado formalmente de los ajustes a través de los canales oficiales.
  • Se debe publicar esta resolución conforme al procedimiento administrativo aplicable.

Ámbito de aplicación

La resolución tiene alcance local, aplicándose exclusivamente a los predios rurales ubicados en las zonas homogéneas geoeconómicas del municipio de Ocaña, departamento de Norte de Santander.

Excepciones o exclusiones

No se modifican ni reajustan los porcentajes de incremento para las zonas 05, 23, 24 y 25, que mantienen los valores establecidos en la Resolución 2057 de 2025.

Base legal

La expedición de la resolución se fundamenta en:
  • Artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.
  • Artículo 3° de la Ley 14 de 1983.
  • Artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023.
  • Numerales 5 y 7 del artículo 30 del Decreto 846 de 2021.
  • Resolución IGAC 1912 de 2024 y Resolución IGAC 2057 de 2025.
  • Artículo 65 y 75 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

Fecha de entrada en vigencia

La resolución rige a partir de su publicación, afectando la vigencia catastral desde el 1° de enero de 2026.

Régimen de transición o plazos de implementación

La actualización de los valores catastrales se realiza con base en la metodología adoptada por el IGAC en la Resolución 1912 de 2024 y la información técnica revisada en mesas técnicas y comités sectoriales durante 2026. No se establecen plazos adicionales para su implementación, aplicándose los ajustes de manera uniforme desde la fecha de vigencia.
Zona Geoeconómica% Incremento Resolución 2057 de 2025% Incremento Ajustado Resolución 54-00-067-2026
0119,00%8,00%
0248,00%37,00%
0324,00%18,00%
0499,00%88,00%
06895,00%840,00%
071322,00%1243,00%
08761,00%450,00%
09976,00%587,00%
10358,00%213,00%
115867,00%3661,00%
12392,00%247,00%
13307,00%171,00%
14448,00%262,00%
152383,00%1588,00%
162648,00%1781,00%
17597,00%360,00%
18822,00%533,00%
19995,00%623,00%
201178,00%744,00%
211310,00%804,00%
221781,00%1105,00%

Con esta resolución, el IGAC busca garantizar una actualización justa y técnica de los avalúos catastrales rurales en Ocaña, ajustándose a las condiciones económicas y del mercado local, y respetando los marcos legales vigentes. Los propietarios de predios rurales en las zonas afectadas deberán tener en cuenta estos nuevos porcentajes para los cálculos de impuestos y otras obligaciones relacionadas con el catastro.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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