Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto de la Corte Constitucional resuelve conflicto de competencia sobre tutela en Nariño

Proviene de: Sentencias

18 de septiembre de 2026 16:49:19

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto emitido por la Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus funciones para resolver conflictos de competencia entre autoridades judiciales. La decisión corresponde a la instancia de revisión de competencia y se pronuncia sobre la competencia para conocer una acción de tutela relacionada con el derecho fundamental a la salud.

Sentido de la decisión

  • Se dejó sin efectos la declaración de falta de competencia emitida por el Juzgado Promiscuo Municipal de un municipio de Nariño.
  • Se remitió el expediente al mismo juzgado municipal para que tramite y decida la acción de tutela de manera inmediata.
  • Se advirtió al juzgado municipal que en adelante debe abstenerse de apartarse del conocimiento de tutelas con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021.

Razón principal de la decisión

El tribunal fundamentó su decisión en que las reglas de reparto administrativo no constituyen factores de competencia para los jueces en materia de tutela. La Corte Constitucional ha reiterado que ningún juez puede declararse incompetente o apartarse del conocimiento de tutelas amparándose en esas reglas. Por lo tanto, el juzgado municipal sí tenía competencia para conocer y decidir la acción de tutela, y su declaración de falta de competencia basada en normas de reparto administrativo fue improcedente.

Antecedentes fácticos y procesales

Un ciudadano interpuso una acción de tutela contra una entidad pública del orden nacional y otras entidades, por la presunta vulneración del derecho fundamental a la salud, específicamente por la negativa a prestar un servicio de enfermería requerido por su estado de salud. El juzgado municipal, al recibir la tutela, declaró su falta de competencia y remitió el caso a un juzgado administrativo de circuito, argumentando que la competencia correspondía a jueces de esa categoría por tratarse de una entidad nacional. El juzgado administrativo de circuito no asumió conocimiento y promovió un conflicto negativo de competencia ante la Corte Constitucional.

Efectos jurídicos de la providencia

La decisión obliga al Juzgado Promiscuo Municipal a tramitar y decidir la acción de tutela en cuestión, dejando sin efectos su anterior declaración de incompetencia. Además, impone una obligación general a dicha autoridad judicial de no apartarse del conocimiento de tutelas con base en reglas de reparto administrativas en el futuro. La providencia vincula a las autoridades judiciales involucradas y ordena comunicar la decisión a las partes y al juzgado administrativo que promovió el conflicto.

Conclusión

El auto reafirma la competencia del juzgado municipal para conocer tutelas frente a entidades públicas nacionales y recuerda la prohibición expresa de fundamentar la competencia judicial en normas de reparto administrativo. La Corte Constitucional resolvió el conflicto de competencia para garantizar la continuidad del trámite de la acción de tutela presentada, asegurando así la protección efectiva del derecho fundamental a la salud de los ciudadanos en Nariño.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Constitucional

No se encontraron sugerencias