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Auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega aplazamiento de audiencia inicial en controversia contractual

Proviene de: Sentencias

19 de septiembre de 2026 12:24:55

Naturaleza de la providencia y tribunal

El tribunal que profirió la decisión es el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en la sección tercera, subsección C. La providencia es un auto dictado en el trámite de un proceso de controversias contractuales. La decisión fue proferida en segunda instancia procesal.

Sentido de la decisión

El tribunal resolvió:
  • Negar la solicitud de aplazamiento de la audiencia inicial presentada por una de las llamadas en garantía.

Razón principal de la decisión

El tribunal consideró que la interposición de un recurso de queja contra un auto que rechazó un recurso de apelación no suspende el curso del proceso. Por lo tanto, la autoridad judicial encargada del trámite debe continuar conociendo del proceso hasta que la instancia superior decida sobre el recurso interpuesto. En consecuencia, la audiencia inicial fijada no puede aplazarse por la existencia del recurso de queja.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

  • La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas presentó demanda en ejercicio del medio de control de controversias contractuales contra el Departamento de Cundinamarca y otros, solicitando la liquidación judicial de un Convenio Interadministrativo y el establecimiento de responsabilidades por daños y vicios estructurales en un Centro Regional de Atención a Víctimas.
  • La demanda fue admitida tras subsanación de requisitos procesales.
  • Se admitieron llamamientos en garantía a favor de la Empresa Inmobiliaria y de Servicios Logísticos de Cundinamarca y del Departamento demandado.
  • Tras la contestación de la demanda, se fijó audiencia inicial para el 14 de agosto de 2026.
  • La audiencia fue suspendida temporalmente para realizar notificaciones obligatorias a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, dada la participación de intereses de la Nación.
  • Una de las llamadas en garantía solicitó el aplazamiento de la audiencia inicial, fundamentando su petición en la existencia de un recurso de queja contra un auto que rechazó un recurso de apelación previo.

Efectos jurídicos de la decisión

La decisión vincula a las partes del proceso, especialmente a la llamada en garantía que solicitó el aplazamiento, ordenando la realización de la audiencia inicial en la fecha establecida. Además, confirma que el procedimiento continúa su curso pese a la interposición del recurso de queja, sin que ello genere suspensión automática del trámite. Notifíquese y cúmplase.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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