Entidad emisora, tipo y fecha
El Decreto 8664 de 2026 fue expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital, el 18 de septiembre de 2026. Se trata de un acto administrativo de carácter distrital.
Objeto de la norma
El decreto regula la organización, funcionamiento, competencias y procedimientos del Registro Distrital de Bogotá, así como las obligaciones de las entidades y funcionarios que intervienen en su operación.
Cambios normativos principales
- Unificación de las disposiciones previas relacionadas con el Registro Distrital en un solo texto normativo.
- Modificación de los procedimientos para la inscripción, actualización y consulta de registros públicos distritales.
- Definición clara de las competencias y responsabilidades de las diferentes dependencias distritales y funcionarios encargados del Registro.
- Establecimiento de mecanismos para la coordinación interinstitucional en materia registral.
- Actualización de los requisitos técnicos y administrativos para el manejo y custodia de la información registral.
Obligaciones derivadas
- Los funcionarios responsables del Registro Distrital deben cumplir con los procedimientos y plazos establecidos para la inscripción y actualización de registros.
- Las entidades distritales involucradas deben coordinar la entrega y recepción de información conforme a los protocolos definidos.
- Se debe garantizar la confidencialidad, seguridad y veracidad de la información contenida en el Registro.
- Los responsables del control y supervisión deben realizar auditorías periódicas para verificar el cumplimiento normativo.
Ámbito de aplicación
El decreto tiene aplicación en todo el Distrito Capital de Bogotá. Abarca a las entidades distritales, funcionarios públicos, y demás actores que intervienen en la administración y gestión del Registro Distrital.
Excepciones y exclusiones
No se establecen excepciones expresas en el decreto respecto a su aplicación a las entidades y funcionarios distritales mencionados.
Base legal
El Decreto 8664 de 2026 se expide en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica del Distrito Capital y las normas nacionales que regulan el registro público y la administración distrital.
Vigencia y régimen de transición
La norma entra en vigencia a partir de su publicación el 18 de septiembre de 2026. Se establecen plazos específicos para la implementación progresiva de los nuevos procedimientos y la adaptación de las entidades involucradas, conforme a lo dispuesto en los artículos transitorios del decreto.
Conclusión
Con el Decreto 8664 de 2026, la Alcaldía Mayor de Bogotá busca modernizar y mejorar la gestión del Registro Distrital, garantizando mayor eficiencia, transparencia y seguridad en el manejo de la información pública. Esta regulación integral contribuirá a fortalecer la administración distrital y facilitará el acceso a los servicios registrales para la ciudadanía.