Entidad emisora, número de norma y fecha
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió la
Resolución 501227 de 10 de julio de 2026, en el marco de sus atribuciones legales conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994 y los decretos reglamentarios correspondientes.
Objeto de la norma
La resolución regula las metas de calidad media para los indicadores de duración (SAIDI) y frecuencia (SAIFI) de eventos de interrupción del servicio eléctrico para los años octavo y noveno del periodo tarifario de la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., conforme a la metodología establecida en la Resolución CREG 015 de 2018 y sus modificaciones.
Cambios normativos concretos
- Establece la meta de calidad media para el indicador de duración de eventos (SAIDI) para el octavo año en 7.203 horas, con una banda de indiferencia entre 7.167 y 7.239 horas.
- Define la meta para el noveno año en 6.627 horas, con banda de indiferencia entre 6.594 y 6.660 horas.
- Establece la meta de calidad media para el indicador de frecuencia de eventos (SAIFI) para el octavo y noveno año en 9.000 interrupciones, con banda de indiferencia entre 8.955 y 9.045 interrupciones para ambos años.
Obligaciones creadas
- La Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P. debe cumplir con las metas de calidad media establecidas para los indicadores SAIDI y SAIFI durante los años octavo y noveno del periodo tarifario.
- Se debe notificar la resolución al representante legal o quien haga sus veces de la empresa.
- Una vez la resolución quede en firme, debe publicarse en el Diario Oficial.
- Contra la resolución procede recurso de reposición ante la Dirección Ejecutiva de la CREG, que debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación.
Ámbito de aplicación
La resolución aplica a nivel nacional para la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P., en el marco del Sistema Interconectado Nacional (SIN) y dentro del periodo tarifario regulado por la Resolución CREG 015 de 2018.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones o exclusiones expresas en la resolución.
Base legal
La expedición de la norma se fundamenta en las leyes 142 y 143 de 1994, y en los decretos 1524 y 2253 de 1994 y 1260 de 2013, que otorgan competencia a la CREG para regular tarifas y calidad del servicio eléctrico.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial tras quedar en firme.
Régimen de transición o plazos de implementación
La norma se aplica directamente para los años octavo y noveno del periodo tarifario vigente, sin establecer plazos adicionales de transición.
Resumen de metas de calidad media para la Empresa de Energía de Boyacá S.A. E.S.P.:
| Año del periodo |
Indicador |
Meta |
Banda de indiferencia (Límite inferior) |
Banda de indiferencia (Límite superior) |
| 8 |
SAIDI (horas) |
7.203 |
7.167 |
7.239 |
| 9 |
SAIDI (horas) |
6.627 |
6.594 |
6.660 |
| 8 |
SAIFI (veces) |
9.000 |
8.955 |
9.045 |
| 9 |
SAIFI (veces) |
9.000 |
8.955 |
9.045 |
La presente resolución busca garantizar un adecuado nivel de calidad en la prestación del servicio eléctrico por parte de la Empresa de Energía de Boyacá, contribuyendo a la mejora continua y la satisfacción de los usuarios dentro del Sistema Interconectado Nacional. Con el cumplimiento de estas metas, se espera optimizar la confiabilidad del suministro y minimizar las interrupciones del servicio.