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Resolución CREG 501241 de 2026: metas de calidad para años octavo y noveno en distribución eléctrica

Proviene de: Resoluciones

21 de septiembre de 2026 18:20:41

Entidad emisora, objeto y ámbito de aplicación

La norma fue expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) mediante la Resolución 501241 de 2026, el 16 de julio de 2026. Regula las metas de calidad media del servicio de distribución de energía eléctrica para los años octavo y noveno del periodo tarifario correspondiente a la empresa Electrificadora de Santander S.A. E.S.P., dentro del Sistema Interconectado Nacional (SIN). El ámbito de aplicación es regional, limitado a dicha empresa y su área de concesión.

Cambios normativos establecidos

  • Establecimiento de las metas de calidad media para los indicadores de duración de eventos (SAIDIMj,t) y frecuencia de eventos (SAIFIMj,t) correspondientes a los años octavo y noveno del periodo tarifario.
  • Aplicación de una reducción del 8% en los valores de indicadores aprobados para el año anterior, conforme a los criterios definidos en circulares previas (CREG 053 de 2024, 124 de 2025 y 254 de 2026).
  • Confirmación de la metodología prevista en la Resolución CREG 015 de 2018 y sus modificaciones para la definición de metas posteriores al quinto año del periodo tarifario.

Metas de calidad media definidas

Año del periodo tarifarioIndicadorLímite inferiorMetaLímite superiorUnidad
8SAIDIMj,t (duración de eventos)16.84016.92517.009horas
9SAIDIMj,t (duración de eventos)15.49315.57115.648horas
8SAIFIMj,t (frecuencia de eventos)10.80810.86210.916veces
9SAIFIMj,t (frecuencia de eventos)9.9439.99310.043veces

Obligaciones y procedimientos

  • La empresa Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. debe cumplir con las metas de calidad media establecidas para los años octavo y noveno del periodo tarifario.
  • Se permite a la empresa solicitar formalmente a la CREG recalcular las metas para estos años, aplicando consideraciones opcionales definidas en la regulación vigente.
  • La resolución debe notificarse al representante legal de la empresa y, una vez en firme, publicarse en el Diario Oficial.
  • Contra la resolución procede recurso de reposición ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación.

Base legal y vigencia

La expedición de esta resolución se fundamenta en las leyes 142 y 143 de 1994, y los decretos 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013, así como en la metodología establecida en la Resolución CREG 015 de 2018 y sus modificaciones posteriores. La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Régimen de transición

Para la definición de las metas de calidad media posteriores al quinto año del periodo tarifario, la CREG utiliza criterios establecidos en circulares específicas, permitiendo el ajuste mediante solicitud formal por parte del operador regulado. Esta resolución continúa el desarrollo de dichas disposiciones sin establecer un régimen de transición adicional. En conclusión, la Resolución CREG 501241 de 2026 establece un marco claro y riguroso para la calidad del servicio de distribución eléctrica que debe cumplir la Electrificadora de Santander S.A. E.S.P. durante los años octavo y noveno de su periodo tarifario, garantizando así un mejor servicio a los usuarios y el cumplimiento de los estándares regulatorios vigentes.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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