Naturaleza y ámbito de la providencia
El auto fue proferido por la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz, jurisdicción especial encargada de la justicia transicional en Colombia. Tiene como finalidad responder a una solicitud técnica elevada mediante auto anterior, en el marco del Sistema Integral de Paz (SIP), para orientar la incorporación del enfoque de género en los análisis de riesgo que la UIA realiza para la admisión al Programa de Protección.
Sentido de la decisión
El auto dispone la adopción de un concepto técnico emitido por la Comisión de Género, que contiene:
- Principios que deben orientar el análisis de riesgo realizado por la UIA, con especial énfasis en el enfoque de género e interseccionalidad.
- Lineamientos para la aplicación del enfoque de género en el instrumento de valoración de riesgo, estructurado en tres componentes y trece variables.
- Metodología para analizar el nexo causal en casos que involucren víctimas de violencias basadas en género, considerando factores directos, indirectos y estructurales.
- Recomendaciones generales para fortalecer la valoración de riesgo y garantizar medidas de protección adecuadas.
Razón principal de la decisión
El fundamento central es la necesidad de que la UIA aplique un enfoque integral, transversal y diferenciado en el análisis de riesgo, que reconozca las condiciones particulares de las víctimas de violencias basadas en género y las relaciones estructurales de discriminación que las afectan. La valoración debe superar una lectura fragmentada o binaria del riesgo, evitando invisibilizar la dimensión pública, política y social de la violencia contra las mujeres en el marco del conflicto armado y la justicia transicional.
Antecedentes relevantes
Previo a este auto, la UIA había utilizado un instrumento de evaluación de riesgo basado en trece variables, sin la debida incorporación del enfoque de género. La Sala de Revisión identificó deficiencias en la valoración del riesgo, en especial en casos donde se reducía la causalidad a la violencia intrafamiliar, ignorando la vinculación con la participación de las víctimas en la Jurisdicción Especial para la Paz.
Además, se citan pronunciamientos previos de la Corte Constitucional que establecen la obligación de aplicar un estándar reforzado de protección para víctimas de violencia de género, y la importancia de un análisis prospectivo y contextualizado del riesgo.
Efectos jurídicos y órdenes dispuestas
El auto ordena a la UIA:
- Incorporar el enfoque de género y la perspectiva interseccional como elementos transversales en el análisis de riesgo y valoración del nexo causal.
- Adoptar los principios y metodología señalados para valorar las trece variables del instrumento de riesgo, atendiendo a las condiciones diferenciales y al contexto social, cultural y territorial de las víctimas.
- Fortalecer la formación especializada del personal encargado de los análisis de riesgo, promoviendo la participación del Grupo de Enfoque de Género y Enfoque Diferencial en casos relacionados con violencia basada en género y violencia sexual.
- Articular los estudios de riesgo con otras autoridades competentes en materia de violencia intrafamiliar, desplazamiento forzado y protección de niñas, niños y adolescentes, sin delegar la responsabilidad propia de la UIA.
- Adoptar una regla de valoración de la duda que no desestime el nexo causal por ausencia de vínculos explícitos, sino que considere los patrones sociales de discriminación y violencia estructural.
Estas disposiciones vinculan a la UIA y buscan garantizar que las medidas de protección otorgadas respondan a un análisis integral, sensible a las particularidades de las víctimas y a las dinámicas de violencia estructural y sociopolítica presentes en el contexto colombiano.
Conclusión
Con este auto, el Tribunal para la Paz reafirma su compromiso con la protección efectiva de las víctimas de violencias basadas en género en el marco de la justicia transicional. La incorporación del enfoque de género e interseccional en la evaluación de riesgos fortalece la capacidad institucional para brindar medidas de protección ajustadas a las realidades complejas que enfrentan las víctimas, garantizando un acceso más justo y equitativo a la justicia y la reparación. Este pronunciamiento sienta un precedente importante para la consolidación de políticas públicas que reconozcan y atiendan la diversidad de situaciones de vulnerabilidad derivadas de las múltiples formas de discriminación y violencia estructural en Colombia.
Resumen
El auto establece un marco técnico y metodológico para que la Unidad de Investigación y Acusación realice la evaluación de riesgos con perspectiva de género y enfoque interseccional. Reconoce que la violencia contra las mujeres en el contexto del conflicto armado y la justicia transicional es multidimensional y requiere un análisis que articule factores directos, indirectos y estructurales. Ordena la aplicación rigurosa y transversal de este enfoque en los procesos de valoración y protección, con recomendaciones para mejorar la formación y los procedimientos internos, garantizando así un tratamiento diferenciado y acorde con los estándares constitucionales y jurisprudenciales vigentes.