Naturaleza de la providencia y ámbito procesal
La providencia es un
auto proferido por la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz en el trámite de Supervisión y Revisión de Beneficios Transicionales. Se emite dentro del expediente correspondiente al seguimiento de un beneficio provisional de suspensión de orden de captura concedido mediante Decreto Presidencial.
Sentido de la decisión
- Dar por contestada la petición presentada por el defensor del compareciente.
- Dar traslado de la solicitud a la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) y a la Sala de Amnistía o Indulto (SAI), para que, en el marco de sus competencias, se pronuncien al respecto.
- Remitir copia de la providencia a la Relatoría y a la Secretaría Ejecutiva de la JEP, conforme a los acuerdos internos vigentes.
- Notificar la decisión al compareciente, a su defensor y al Ministerio Público.
- Comunicar la providencia a la SRVR y a la SAI para lo pertinente.
- Advertir que contra la providencia procede recurso de reposición en los términos legales.
Razón principal de la decisión
La decisión se fundamenta en la necesidad de dar trámite adecuado a la solicitud presentada por el defensor, en el contexto del beneficio provisional concedido por Decreto Presidencial, y en que las materias relacionadas con amnistía o indulto y definición de situaciones jurídicas son competencia de otras salas del Tribunal para la Paz. Por ello, se ordena el traslado a dichas salas para su competencia y pronunciamiento.
Antecedentes relevantes
El compareciente fue beneficiario de la suspensión de orden de captura mediante Decreto Presidencial de 2017. Se inició un trámite de supervisión y revisión de este beneficio, incluyendo órdenes para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas. Durante el proceso, se designó un defensor para el compareciente, quien informó sobre el estado procesal y la ubicación del beneficiario. Se recibió una solicitud para que el expediente fuera remitido a la SAI para la concesión de amnistía, o en su defecto, a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ), petición que fue atendida en esta providencia.
Efectos jurídicos de la providencia
La decisión vincula a las Salas de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y de Amnistía o Indulto, a las cuales se remite la solicitud para que ejerzan sus competencias. Asimismo, ordena notificar y comunicar a las partes involucradas en el proceso, y establece la posibilidad de interponer recurso de reposición contra el auto en un término previsto por la ley.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.