Naturaleza de la providencia e instancia
La providencia es un auto emitido por la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP, en el contexto del Caso 05, que se refiere a la situación territorial en la región del Norte del Cauca y del Sur del Valle del Cauca.
Sentido de la decisión
- Determinar hechos y conductas relacionados con violencia sexual y otras violencias basadas en género atribuibles a excombatientes de las extintas FARC-EP que operaron en la región priorizada.
- Reconocer la existencia de un patrón de violencia sexual y basada en género que tuvo como finalidad la disputa y control territorial y social, afectando gravemente los derechos de la población civil.
- Individualizar la responsabilidad de un grupo de comparecientes en hechos victimizantes relacionados con estas violencias.
- Ordenar la puesta a disposición de los hechos y conductas determinados para que los comparecientes decidan si reconocen o no su responsabilidad.
- Establecer términos para la participación de las víctimas, comparecientes, defensa y Ministerio Público, garantizando un enfoque diferencial y de género, así como la coordinación interjurisdiccional e intercultural con autoridades indígenas y afrodescendientes.
Razón principal de la decisión
El auto se fundamenta en la existencia de bases suficientes para entender que:
- Los hechos de violencia sexual y otras violencias basadas en género efectivamente ocurrieron en el contexto del conflicto armado en la región del Norte del Cauca y Sur del Valle del Cauca, durante el periodo comprendido entre 1993 y 2016.
- Estos hechos no son conductas amnistiables según el Acuerdo Final de Paz, la Ley 1957 de 2019 y la Ley 1820 de 2016.
- Los hechos forman parte de un patrón de violencia sistemática y reiterada, utilizado como un instrumento funcional para la obtención y mantenimiento del control territorial y social por parte de las estructuras de las extintas FARC-EP.
- Existe una política formal y de facto dentro de las FARC-EP que incluyó medidas coercitivas como la anticoncepción forzada, abortos forzados, violencia sexual intrafilas, y la persecución de personas por orientación sexual e identidad de género diversa.
- La violencia basada en género se reproduce y exacerba en el marco del conflicto armado debido a concepciones culturales patriarcales, masculinidad guerrera y prejuicios estructurales que afectan de manera diferenciada a mujeres, niñas, adolescentes, indígenas, afrodescendientes y personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diversas.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
- El Caso 05 abarca la situación territorial en el Norte del Cauca y Sur del Valle del Cauca, zonas con presencia significativa de población indígena, afrodescendiente y campesina, afectadas por el conflicto armado.
- Se ha realizado un extenso proceso probatorio, que incluye la recepción y análisis de múltiples informes de entidades estatales y organizaciones de la sociedad civil, versiones voluntarias individuales y colectivas de comparecientes, entrevistas a víctimas y dictámenes periciales con enfoque étnico-territorial y de género.
- Se han acreditado numerosas víctimas por hechos de violencia sexual y otras violencias basadas en género cometidas por las FARC-EP, grupos paramilitares y la Fuerza Pública, así como víctimas con diferentes identidades étnico-raciales y de género.
- Se han realizado diligencias de coordinación interjurisdiccional e interjusticias, así como diálogos interculturales para garantizar la participación de autoridades indígenas y afrodescendientes y el respeto a sus sistemas propios de justicia.
- Se ha documentado la estructura y funcionamiento de las FARC-EP en la región, incluyendo el Comando Conjunto de Occidente, Bloque Occidental, Frente Sexto, Bloque Móvil y las Compañías Móviles Jacobo Arenas, Gabriel Galvis y Miller Perdomo.
- Se ha identificado que la violencia sexual y otras violencias basadas en género ocurrieron con frecuencia y fueron utilizadas como método para castigar, disciplinar, intimidar y controlar tanto a miembros de las FARC-EP como a la población civil.
Efectos jurídicos de la decisión
- La Sala pone a disposición a los comparecientes vinculados al Caso 05 los hechos y conductas determinados, para que estos decidan si reconocen o no su responsabilidad conforme a los artículos 79 literal h) de la Ley 1957 de 2019 y 27 b de la Ley 1922 de 2018.
- Se establece el marco para la participación de las víctimas, defensa y Ministerio Público en las siguientes etapas del proceso.
- Se ordena la realización de diligencias con enfoque diferencial, de género y étnico, y la coordinación con autoridades indígenas y afrodescendientes para garantizar respeto a sus derechos y sistemas jurídicos propios.
- Se reconoce la responsabilidad individual de varios comparecientes en hechos de violencia sexual y otras violencias basadas en género no amnistiables.
Conclusión
Con este auto, la JEP avanza en el esclarecimiento de la verdad sobre las violencias basadas en género en el contexto del conflicto armado en el Norte del Cauca y Sur del Valle del Cauca, reconociendo el impacto profundo en las comunidades afectadas y estableciendo mecanismos para la reparación y no repetición. La decisión refuerza el compromiso de la justicia transicional con un enfoque diferencial, de género y étnico, y promueve la participación activa de las víctimas y comunidades en el proceso de justicia, verdad y reparación.