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Auto del Tribunal Administrativo de Boyacá admite recursos de apelación contra sentencia de primera instancia

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 20:18:20

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto emitido por el Tribunal Administrativo de Boyacá, Despacho 1, en segunda instancia, que resuelve sobre la admisión de recursos de apelación contra una sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Noveno Administrativo de Tunja.

Sentido de la decisión

El tribunal resolvió:
  • Admitir los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la sentencia de primera instancia.
  • Ordenar la notificación personal del auto al agente del Ministerio Público con funciones de intervención ante esta Corporación.
  • Establecer un término para que las partes se pronuncien respecto a los recursos admitidos.
  • Permitir la solicitud de pruebas dentro del término señalado, con las restricciones legales correspondientes.
  • Disponer que, en ausencia de solicitudes probatorias, se continúe con el trámite conforme a la ley.
  • Autorizar al Ministerio Público para emitir concepto antes del ingreso del proceso a despacho para sentencia.
  • Comunicar a los sujetos procesales la obligatoriedad de presentar memoriales a través de la ventanilla virtual del sistema Samai y la disponibilidad pública de los documentos para consulta.
  • Informar a las partes sobre la obligación de enviar copias simultáneas de las actuaciones a los demás sujetos procesales, bajo pena de multa.

Razón principal de la decisión

La admisión de los recursos se fundamenta en que se cumplen los requisitos de procedencia y oportunidad previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021, en cuanto a la apelabilidad de sentencias de primera instancia y los plazos para interponer y sustentar los recursos. En particular, se consideró que la notificación electrónica de la sentencia se efectuó conforme a la normativa vigente, y que los recursos fueron presentados dentro del plazo legal.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso se originó en una demanda contra el Departamento de Boyacá, resuelta parcialmente a favor de la parte demandante por el Juzgado Noveno Administrativo de Tunja. Posteriormente, ambas partes interpusieron recursos de apelación contra dicha sentencia. La sentencia fue notificada electrónicamente el 7 de mayo de 2026, y los recursos se presentaron y sustentaron dentro de los plazos establecidos.

Efectos jurídicos de la decisión

La providencia vincula a las partes intervinientes y al Ministerio Público, habilitando la segunda instancia para continuar con la tramitación del proceso. Establece obligaciones procesales específicas, como la presentación de memoriales a través del sistema virtual y la comunicación entre las partes, además de regular los términos para pronunciarse y solicitar pruebas. Asimismo, dispone la notificación personal al Ministerio Público y la posibilidad de que este emita concepto antes de la sentencia definitiva. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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