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Auto del Tribunal Administrativo de Boyacá confirma legalidad de incrementos salariales docentes y condena en costas

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 20:26:35

Naturaleza de la providencia y contexto procesal

Se trata de un auto proferido por la Sala de Decisión 1 del Tribunal Administrativo de Boyacá en segunda instancia, al resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante y la Nación – Ministerio de Educación Nacional contra la sentencia del 29 de septiembre de 2025, dictada por el Juzgado Segundo Administrativo de Sogamoso, que negó las pretensiones de la demanda.

Sentido de la decisión

  • Confirmación de la sentencia de primera instancia en cuanto negó la nulidad de los actos administrativos impugnados y rechazó las pretensiones de la demanda.
  • Adición a la sentencia de primera instancia mediante la imposición de condena en costas a la parte demandante, tanto en primera como en segunda instancia.

Razón principal de la decisión

La Sala encontró que no está acreditada la existencia de un incremento salarial diferenciado entre las categorías 2AE y 3AM del escalafón docente para la vigencia 2011. La comparación normativa realizada entre las asignaciones salariales vigentes en 2010 y 2011 demostró que el incremento aplicado fue sustancialmente equivalente para ambas categorías, con un porcentaje de aumento nominal del 3,17% en ambos casos. Este hallazgo elimina el supuesto fáctico sobre el cual se fundamentaron las pretensiones de nulidad por presunta vulneración a los principios de igualdad, progresividad y favorabilidad. Por tanto, no se evidenció afectación alguna a derechos constitucionales invocados por la parte demandante. Respecto a la condena en costas, se concluyó que la demanda y el recurso de apelación adolecieron de manifiesta carencia de fundamento legal, al basarse en una comparación normativa equivocada que omitió considerar la modificación normativa introducida para la vigencia 2010. Esta situación cumple con los requisitos legales para imponer condena en costas conforme al artículo 188 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y la jurisprudencia aplicable.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

La demanda fue instaurada por un docente oficial vinculado bajo el régimen del Decreto Ley 1278 de 2002, en la categoría salarial 2AE, que solicitó la nulidad de un oficio del Ministerio de Educación y de un acto administrativo ficto del Municipio de Sogamoso, por negar el reconocimiento y pago de diferencias salariales derivadas de incrementos diferenciales aplicados en 2011 para las categorías 2AE y 3AM. La parte demandante alegó que el incremento salarial para la categoría 2AE fue inferior al aplicado a la categoría 3AM, lo que habría generado una afectación acumulativa en su base salarial y prestaciones sociales. El Ministerio de Educación y la Secretaría de Educación del Municipio de Sogamoso se opusieron a las pretensiones, argumentando la legalidad y legitimidad de la estructura salarial conforme al escalafón docente. El juzgado de primera instancia negó las pretensiones y no impuso condena en costas, decisión que fue apelada por ambas partes.

Efectos jurídicos de la providencia

  • Se confirma la legalidad de los actos administrativos impugnados, manteniendo la vigencia de los incrementos salariales establecidos para las categorías 2AE y 3AM, sin obligación de reconocer diferencias salariales adicionales.
  • Se condena en costas a la parte demandante por la manifestada carencia de fundamento legal en la demanda y en el recurso de apelación, fijando las agencias en derecho correspondientes tanto para la primera como para la segunda instancia.
  • La condena en costas implica que la parte demandante debe asumir y pagar las sumas determinadas en favor del Ministerio de Educación Nacional y el Municipio de Sogamoso – Secretaría de Educación, distribuidas equitativamente entre ambas entidades.
  • Se ordena remitir copia del auto a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para efectos administrativos y se dispone la devolución del expediente al despacho de origen.
Con esta decisión, el Tribunal Administrativo de Boyacá reafirma la importancia de un análisis riguroso y basado en la normativa vigente para la resolución de controversias salariales en el sector público, garantizando el respeto a los principios constitucionales y la adecuada administración de justicia. De esta forma, se busca preservar la estabilidad laboral y salarial de los docentes, así como fomentar la correcta aplicación de las normas que regulan el escalafón docente en Colombia.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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