Naturaleza de la providencia y contexto procesal
La providencia corresponde a un
auto emitido por la Sección Primera, Subsección B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con expediente 25000-23-24-000-2012-00344-00. La solicitud analizada fue presentada por el perito técnico especializado designado para practicar una prueba pericial en el proceso.
Sentido de la decisión
- Se corrió traslado a las partes de la aclaración del dictamen pericial rendido por el perito, concediendo un término de tres (3) días para su conocimiento y pronunciamiento, conforme al artículo 238 numeral 4° del Código de Procedimiento Civil (CPC).
- Se denegó la solicitud de fijación definitiva de honorarios formulada por el perito para la diligencia objeto de la aclaración y complementación del dictamen pericial.
Razón principal de la decisión
El tribunal fundamentó la negación de la solicitud en que la prueba pericial está en trámite de aclaración, por lo que el perito debe cumplir con la obligación de rendir el dictamen dentro de los términos establecidos. Además, recordó que el perito debe desempeñar sus funciones con imparcialidad, idoneidad, transparencia y eficacia, conforme al régimen aplicable a los auxiliares de la justicia. Por tanto, no correspondía fijar los honorarios definitivos mientras persista dicho trámite.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante solicitó aclaraciones y complementaciones al dictamen pericial rendido por el perito designado. En respuesta, el tribunal requirió al perito para que rindiera lo solicitado en un término de diez días. El perito solicitó fijación definitiva de honorarios por un monto superior a los inicialmente reconocidos, argumentando que la elaboración del dictamen y la respuesta a la solicitud de aclaración requirieron un tiempo considerable y un nivel de experticia técnica elevado.
El tribunal ya había fijado honorarios provisionales para la experticia en un auto anterior, y el perito expresó su inconformidad con el monto asignado. Posteriormente, presentó una aclaración técnica y solicitó un tiempo adicional para cumplir con la diligencia, así como la fijación definitiva de honorarios, incluyendo ajustes por inflación.
Efectos jurídicos de la providencia
La providencia vincula a las partes y al perito en cuanto al trámite de la prueba pericial. El auto ordena que las partes conozcan y se pronuncien sobre la aclaración del dictamen en el término señalado. Asimismo, establece que el perito debe continuar con sus funciones dentro de los plazos procesales sin que, en esta oportunidad, se reconozcan los honorarios definitivos solicitados.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.