Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca sobre impulso probatorio en acción de reparación directa

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 20:43:20

Naturaleza de la providencia y contexto procesal

Se trata de un auto de impulso probatorio emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, en el trámite oral de una acción de reparación directa promovida contra el Ministerio de Defensa - Ejército Nacional y otros. La providencia está encaminada a ordenar la práctica y regulación de pruebas solicitadas por las partes, con el fin de avanzar en el esclarecimiento del caso.

Sentido de la decisión

El tribunal resolvió lo siguiente:
  • Ordenar la práctica de pruebas documentales solicitadas por la parte demandante y la parte demandada, dirigidas a entidades públicas como la Gobernación de Guainía y la Aeronáutica Civil, limitando el alcance de algunas solicitudes a hechos específicos relacionados con el aeródromo del corregimiento de San Felipe.
  • Decretar informes bajo juramento para funcionarios designados de las entidades señaladas, estableciendo límites claros respecto a las preguntas admisibles, excluyendo aquellas que impliquen exhibición de documentos no decretados previamente.
  • Imponer a las partes solicitantes la obligación de colaborar en la incorporación de las pruebas y asumir los costos derivados de su práctica, bajo apercibimiento de tener por desistidas las pruebas incumplidas.
  • Requerir la complementación de información suministrada por el Batallón de Infantería de Selva No. 45 en relación con materiales utilizados en infraestructura militar.
  • Reiterar oficios a entidades que no han respondido los requerimientos iniciales dentro del término concedido, con el fin de asegurar la obtención de la información pertinente.
  • Solicitar formalmente la presentación del dictamen pericial económico-financiero anunciado por la parte demandante, estableciendo un término para su entrega y asegurando su incorporación adecuada al expediente.
  • Ordenar la notificación del auto a las partes, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional para la Defensa Jurídica del Estado.

Razón principal de la decisión

La providencia se sustenta en la valoración de la conducencia, utilidad y pertinencia de las pruebas solicitadas para la adecuada resolución del proceso. El tribunal establece límites y condiciones para la práctica de las pruebas, principalmente para evitar la incorporación de medios probatorios no decretados y garantizar el debido proceso. Además, se enfatiza en el cumplimiento de las cargas procesales por parte de quienes solicitan las pruebas, para evitar dilaciones y asegurar la efectividad del trámite.

Antecedentes relevantes

El proceso se originó a partir de una acción de reparación directa interpuesta por una empresa aérea contra el Ministerio de Defensa - Ejército Nacional y otros, relacionada con un accidente aéreo ocurrido en 2018 en el aeródromo del corregimiento de San Felipe, Departamento de Guainía. Durante la audiencia inicial se decretaron diversos medios de prueba, incluyendo solicitudes de información a entidades públicas y peritajes. Posteriormente, se presentaron cuestionarios para informes bajo juramento y respuestas parciales a oficios enviados, que motivaron la regulación y aclaración ordenada en el auto.

Efectos jurídicos de la providencia

El auto vincula a las partes y a las entidades públicas señaladas, en cuanto impone la obligación de suministrar la información requerida dentro de los términos señalados. Asimismo, establece cargas procesales para los solicitantes de las pruebas, quienes deben acreditar las gestiones realizadas y asumir los gastos correspondientes. La regulación de los informes bajo juramento y la pericia tiene por efecto garantizar la incorporación formal y oportuna de dichos medios al proceso, asegurando la publicidad y el derecho de contradicción de las partes. Finalmente, el auto ordena la notificación formal para que las partes y el Ministerio Público puedan participar activamente en el trámite probatorio. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias