Naturaleza de la providencia, tribunal e instancia
La providencia objeto de análisis es un
auto de sustanciación proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La decisión fue dictada en primera instancia y el auto concede el recurso de apelación para que sea conocido por el Consejo de Estado.
Sentido de la decisión
- Se concede el recurso de apelación presentado contra la sentencia de primera instancia proferida el 21 de agosto de 2026.
- Se concede el recurso con efecto suspensivo, conforme al artículo 243 de la Ley 1437 de 2011.
- Se ordena remitir el expediente al Consejo de Estado, Sección Primera, para la continuación del trámite y resolución del recurso.
Razón principal de la decisión
La decisión se sustenta en la verificación del cumplimiento de los presupuestos de procedencia y oportunidad del recurso de apelación establecidos en el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021. El recurso fue interpuesto y sustentado dentro del término legal de diez días contados a partir de la notificación de la sentencia. Por ello, el tribunal concluyó que es procedente conceder el recurso para que sea conocido en segunda instancia por el Consejo de Estado.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
El proceso se originó con la presentación de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra una resolución de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). La demanda solicitaba declarar la nulidad de la resolución que revocó el registro de una marca comercial y, en consecuencia, restablecer el derecho del demandante para que se confirme la concesión del registro de la marca y se ordene su publicación y cumplimiento administrativo.
El tribunal de primera instancia negó las pretensiones de la demanda mediante sentencia del 21 de agosto de 2026. Contra esa decisión, el apoderado del demandante interpuso recurso de apelación dentro del término legal.
Efectos jurídicos de la providencia
La concesión del recurso de apelación con efecto suspensivo implica que la ejecución de la sentencia de primera instancia queda suspendida hasta que el Consejo de Estado resuelva el recurso. El expediente será remitido a dicho tribunal superior para su trámite y decisión, lo que genera la obligación de continuar el proceso conforme a las reglas de la segunda instancia.
La providencia ordena notificar a las partes y cumplir con la remisión del expediente, garantizando el derecho de defensa y el debido proceso en la instancia superior. De esta manera, se asegura el cumplimiento de los principios procesales y se preservan las garantías fundamentales de los involucrados en el proceso. La decisión final del Consejo de Estado determinará el curso definitivo del caso y la validez de la resolución impugnada.