Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto del Consejo de Estado ordena liquidar costas procesales tras confirmación de sentencia en segunda instancia

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 20:59:31

Naturaleza de la providencia y contexto procesal

La providencia es un auto emitido por el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección A, en segunda instancia. Este auto da cumplimiento a una decisión previa, en la cual se confirmó una sentencia que negó las pretensiones de una demanda presentada contra una entidad pública. La demanda versaba sobre la supuesta existencia de vicios en actos administrativos relacionados con una medida de vigilancia impuesta por el Ministerio de Educación Nacional.

Sentido de la decisión

El tribunal ordenó:
  • La remisión del expediente a la Secretaría de la Subsección para que se proceda a la liquidación de las costas procesales, conforme a lo establecido en el artículo 366 de la Ley 1564 de 2012.
  • La tasación de la agencia en derecho correspondiente a la defensa dentro del proceso, establecida en 1 salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV), en atención a la complejidad y duración del proceso.
  • Que, una vez liquidada la cuantía de las costas procesales, se dé ingreso al expediente para que el plenario decida sobre la aprobación o no de dicha liquidación, siguiendo el trámite legal.

Razón principal que sustenta la decisión

El auto se basa en la confirmación en segunda instancia de la sentencia que negó las pretensiones de la demanda, en la cual el tribunal superior impuso condena en costas procesales a la entidad demandante. Dado que en la primera instancia no se imputaron costas, se procede ahora a cumplir con la orden superior de liquidar dichas costas. La tasación de la agencia en derecho se fundamenta en las tarifas establecidas por el Consejo Superior de la Judicatura en el Acuerdo PSAA16-10554 de 2016, atendiendo a la naturaleza declarativa del proceso, la complejidad del caso, la actividad probatoria y la gestión procesal realizada.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

La demanda fue presentada en 2020 contra actos administrativos del Ministerio de Educación Nacional relacionados con un reintegro y reemplazo temporal en un cargo, además de una medida de vigilancia. La demanda alegaba que dichos actos estaban viciados por falsa motivación y desviación de poder. En 2023, la Corporación negó las pretensiones de la demanda. Posteriormente, en 2026, el Consejo de Estado confirmó esa decisión en segunda instancia, condenando además en costas procesales a la entidad demandante.

Efectos jurídicos de la decisión

El auto vincula a la Secretaría de la Subsección para que proceda a la liquidación de las costas procesales conforme a los parámetros legales y las tarifas vigentes. También ordena que, finalizada dicha liquidación, el expediente sea sometido al plenario para su aprobación o rechazo. Esta providencia genera la obligación para la entidad demandante de responder por las costas procesales fijadas, en el marco del proceso contencioso-administrativo en cuestión. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Educación

No se encontraron sugerencias