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Auto del Tribunal Administrativo de Risaralda declara incompetencia en proceso de reparación directa

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 21:25:37

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto emitido por el Tribunal Administrativo de Risaralda en primera instancia, en el marco de una demanda de reparación directa presentada contra la Nación – Fiscalía General de la Nación.

Sentido de la decisión

El tribunal resolvió:
  • Declarar que no es competente para conocer el proceso de reparación directa interpuesto.
  • Ordenar remitir la demanda y sus anexos a los jueces administrativos del circuito para su reparto y trámite correspondiente.

Razón principal de la decisión

La decisión se fundamenta en el análisis de la competencia por razón de la cuantía, conforme a lo dispuesto en los artículos 152 y 157 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificados por la Ley 2080 de 2021. Según estas normas, los tribunales administrativos conocen en primera instancia procesos de reparación directa cuando la cuantía exceda de mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv). El tribunal realizó una estimación razonada de la cuantía reclamada, que corresponde a la pretensión mayor de lucro cesante por un monto inferior a mil smlmv. Para la fecha de presentación de la demanda, el valor de mil smlmv equivalía a $1.750.905.000, mientras que la mayor pretensión era de $463.093.000. Por lo tanto, el asunto no supera el umbral para que el tribunal sea competente.

Antecedentes relevantes

Los demandantes presentaron una demanda de reparación directa contra la Nación – Fiscalía General de la Nación, derivada de daños alegadamente ocasionados en un proceso de extinción de dominio. La demanda incluye pretensiones por perjuicios materiales (daño emergente y lucro cesante) y perjuicios inmateriales (daño moral, afectación a las condiciones de vida y a la salud). El tribunal verificó que la estimación de la cuantía efectuada en la demanda no cumplía con los parámetros legales, en particular el cálculo basado en la pretensión mayor y no en la suma total de las pretensiones. Además, los perjuicios inmateriales no se consideraron para determinar la cuantía cuando existen perjuicios materiales reclamados simultáneamente.

Efectos jurídicos de la decisión

La providencia tiene los siguientes efectos jurídicos:
  • Se excluye la competencia del Tribunal Administrativo de Risaralda para conocer el proceso de reparación directa.
  • Se ordena la remisión del expediente a los jueces administrativos del circuito para que se encarguen del trámite correspondiente, vinculando así a dichas autoridades con el conocimiento y decisión del asunto.
En conclusión, esta decisión refleja la importancia de respetar los límites de competencia establecidos por la ley para garantizar una adecuada administración de justicia y evitar que los procesos sean tramitados por autoridades incompetentes. La remisión de la demanda a los jueces administrativos del circuito permitirá que el proceso continúe su trámite conforme a la normatividad vigente y que las partes tengan acceso a una decisión fundada y ajustada a derecho.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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