Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO GRUPO

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Auto del Tribunal Administrativo de Santander niega adición y aclara sentencia complementaria sobre límite indemnizatorio

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 21:51:17

Naturaleza de la providencia y contexto

La providencia es un auto emitido por el Tribunal Administrativo de Santander en segunda instancia, en el marco de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho. La decisión se refiere a una solicitud de adición y/o aclaración presentada por el apoderado de la parte demandante respecto a una sentencia complementaria proferida por la misma Sala en cumplimiento de una orden del Consejo de Estado.

Sentido de la decisión

  • Negación de la solicitud de adición para ampliar el reconocimiento indemnizatorio de seis (6) a veinticuatro (24) meses de salarios y prestaciones.
  • Aclaración del numeral segundo de la sentencia complementaria para precisar que los descuentos de ingresos percibidos por la demandante por otras vinculaciones estatales se efectuarán únicamente respecto al período indemnizatorio reconocido de seis (6) meses.
  • Mantener incólume el resto de la sentencia complementaria proferida el seis (06) de octubre de 2025.

Razón principal de la decisión

El Tribunal concluyó que la sentencia complementaria ya resolvió expresamente el tema de los topes indemnizatorios, justificando el límite de seis meses en atención a la provisionalidad propia del cargo y la ausencia de elementos probatorios para un monto mayor. Por lo tanto, no existe omisión que amerite adición. Respecto a la aclaración, se identificó que la redacción sobre los descuentos podría generar confusión al ordenarse deducir ingresos percibidos durante todo el tiempo de desvinculación, cuando el restablecimiento económico solo abarca seis meses. Se precisó que los descuentos deben aplicarse solo dentro del período indemnizatorio reconocido, conforme a la jurisprudencia del Consejo de Estado.

Antecedentes relevantes

Inicialmente, el Tribunal emitió una sentencia complementaria para dar cumplimiento a una orden del Consejo de Estado, modificando el restablecimiento del derecho a favor de la demandante, quien había sido desvinculada de su cargo provisional. Se reconoció el equivalente a seis meses de salarios y prestaciones efectivamente dejados de percibir, con la condición de descontar ingresos obtenidos por otras vinculaciones estatales durante el tiempo de desvinculación. Posteriormente, dentro del término para ejecutar la sentencia, la parte demandante solicitó la adición y/o aclaración, argumentando que debía reconocerse el tope máximo de veinticuatro meses previsto en jurisprudencia constitucional y que existía contradicción entre el período indemnizatorio y la orden de descuentos.

Efectos jurídicos

El auto vincula a las partes y al Municipio demandado, delimitando el alcance del restablecimiento económico y la forma en que deben efectuarse los descuentos de ingresos percibidos por la demandante. La aclaración facilita la interpretación y ejecución de la sentencia complementaria, asegurando que los descuentos se apliquen únicamente en el período indemnizatorio de seis meses reconocido judicialmente. Finalmente, el Tribunal ordenó notificar la providencia a las partes y al Ministerio Público según lo previsto en la ley, y archivar el expediente una vez ejecutoriada la decisión, dando así cierre definitivo al proceso.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Administrativo

No se encontraron sugerencias