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Tribunal Administrativo de Santander confirma rechazo de prueba pericial extemporánea en proceso de reparación directa

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 21:55:53

Naturaleza de la providencia y competencia

Se trata de un auto de segunda instancia proferido por el Tribunal Administrativo de Santander, mediante el cual se resuelve un recurso de apelación interpuesto contra un auto del Juzgado Tercero Administrativo del Circuito Judicial de Barrancabermeja. El tribunal se declaró competente para conocer y decidir el recurso conforme a lo previsto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).

Sentido de la decisión

  • Confirmar el auto de primera instancia que negó el decreto y práctica de un dictamen pericial solicitado por la parte demandada.
  • Ordenar remitir el expediente al juzgado de origen una vez quede en firme la providencia.

Razón principal de la decisión

La decisión se sustenta en que la solicitud de decreto de una nueva prueba pericial fue presentada fuera de las oportunidades probatorias establecidas en el artículo 212 del CPACA, las cuales se agotan en etapas específicas del proceso tales como la presentación de la demanda, su contestación, excepciones y otros momentos procesales determinados. La audiencia de pruebas, en la que se solicitó el dictamen, no constituye una etapa habilitada para presentar nuevas solicitudes probatorias, salvo las previstas expresamente en la ley. Por lo tanto, la petición fue calificada como extemporánea.

Antecedentes

En primera instancia, el juzgado decretó como prueba pericial un dictamen aportado por la parte demandante, notificando a las partes el traslado de dicho dictamen para que ejercieran el derecho de defensa y contradicción conforme a los artículos 219 de la Ley 1437 de 2011 y 228 del Código General del Proceso (CGP). Durante la audiencia de pruebas, la parte demandada solicitó el decreto de un nuevo dictamen pericial, argumentando falta de imparcialidad en el inicialmente aportado. Sin embargo, dicha solicitud fue rechazada por considerarse extemporánea.

Efectos jurídicos de la providencia

La providencia confirma la negativa al decreto de la prueba pericial solicitada fuera de término, lo que implica que el proceso continuará con las pruebas ya admitidas y practicadas. El auto vincula a las partes y ordena la remisión del expediente al juzgado de origen para la continuidad del proceso conforme a la normatividad aplicable.

Consideraciones adicionales

El tribunal recordó que el ordenamiento jurídico establece etapas preclusivas y perentorias para la práctica de pruebas, que deben ser respetadas para garantizar el debido proceso y la celeridad judicial. En consecuencia, las partes no pueden solicitar pruebas a su arbitrio sino dentro de las oportunidades legales. Esta providencia se ajusta a esa regla y confirma la actuación de la primera instancia. De esta manera, el Tribunal Administrativo de Santander reafirma la importancia de respetar los términos procesales para la presentación y práctica de pruebas en los procesos judiciales, garantizando así la seguridad jurídica y la eficiencia en la administración de justicia.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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