Naturaleza de la providencia e instancia
Se trata de una sentencia proferida por la Sala Primera de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín, en segunda instancia, dentro de un proceso ordinario laboral.
Sentido de la decisión
- Confirmación de la sentencia proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Medellín que declaró injusta la terminación del contrato de trabajo y condenó al pago de indemnización por despido sin justa causa.
- Revocación parcial de la condena en costas impuesta a la parte demandada en primera instancia, exonerando a esta de dichas costas.
- Sin condena en costas en esta segunda instancia.
Razón principal de la decisión
La Sala confirmó la sentencia en razón a que la terminación del contrato por supuesto incumplimiento de metas laborales se encuadra en el numeral 9 del artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo (C.S.T.), que regula el bajo rendimiento. Este numeral exige que el empleador realice un procedimiento previo con requerimientos escritos y otorgue un plazo razonable para corregir dicho bajo rendimiento. En el caso concreto, este procedimiento no fue cumplido, lo que llevó a que la desvinculación se considerara injusta.
Además, la apelación presentada por la parte demandada no controvirtió ni impugnó los fundamentos jurídicos esenciales en que se basó la sentencia, lo cual limita la posibilidad de revisión en segunda instancia. Por otra parte, aunque se cuestionó la razonabilidad y viabilidad de las metas, el tribunal reiteró que esto no afecta el requisito procesal del procedimiento previo para desvincular por bajo rendimiento.
Respecto a la condena en costas impuesta en primera instancia, la Sala consideró procedente exonerar a la demandada debido a que la pretensión de nivelación salarial no prosperó por falta de equivalencia entre cargos, por lo que revocó dicha condena.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante inició una relación laboral a término indefinido y posteriormente fue promovida a un nuevo cargo con condiciones salariales modificadas. Posteriormente, por sustitución de empleador, continuó su vínculo laboral con la empresa demandada.
Se le reclamó por incumplimiento de indicadores de gestión correspondientes a varios meses, y tras una diligencia de descargos, se le comunicó unilateralmente la terminación del contrato, alegando incumplimientos en metas laborales.
El juzgado de primera instancia declaró injusta la terminación, condenando a la empresa demandada al pago de indemnización. La parte demandada interpuso apelación, solicitando que se declare la terminación con justa causa y se revoque la condena.
Efectos jurídicos de la providencia
- Confirma la obligación de la empresa demandada de pagar la indemnización por despido sin justa causa, conforme a la sentencia de primera instancia.
- Revoca la condena en costas impuesta a la empresa demandada en primera instancia, exonerándola de dicho pago.
- Dispone que no se condena en costas en esta segunda instancia.
- Ordena la notificación de la sentencia por edicto para garantizar la debida publicidad y continuidad del trámite procesal.
En conclusión, la decisión reafirma la importancia de que los empleadores cumplan con el procedimiento legal establecido para la terminación de contratos por bajo rendimiento, garantizando así el debido proceso y la protección de los derechos laborales de los trabajadores. La falta de seguimiento de estos pasos puede llevar a que un despido sea declarado injusto, con las consecuentes obligaciones indemnizatorias para la empresa.