Naturaleza de la providencia e instancia
La Sentencia No. 079 de 2026 fue proferida por la Sala Quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en segunda instancia, dentro de un proceso ordinario laboral.
Sentido de la decisión
- Confirma la sentencia del Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de Medellín.
- Declara que la cláusula contractual que imponía al trabajador la obligación de otorgar un preaviso de treinta días y el pago de una suma equivalente a un mes de salario en caso de incumplimiento es ineficaz durante el período de prueba.
- Condena a la sociedad demandada a reconocer y pagar los salarios y prestaciones sociales retenidos indebidamente durante la terminación del contrato en período de prueba.
- Niega la indemnización moratoria prevista en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Confirma la condena en costas a la sociedad demandada.
Razón principal de la decisión
La Sala concluyó que el régimen especial previsto en los artículos 76 a 80 del Código Sustantivo del Trabajo, que regula el período de prueba, permite la terminación unilateral del contrato sin previo aviso ni indemnización. Por tanto, cualquier pacto convencional que imponga la obligación de otorgar un preaviso durante esta etapa contractual, así como las consecuencias económicas derivadas de su incumplimiento, resulta ineficaz, pues obstaculiza la facultad legal conferida a las partes para desistir libremente del vínculo laboral en ese período. Además, la cláusula cuestionada remite a una norma derogada (artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo), lo que afecta su validez jurídica.
En cuanto a la conducta del empleador al aplicar la cláusula y retener salarios y prestaciones, la Sala determinó que no existió mala fe, pues la sociedad demandada actuó con base en una interpretación jurídica razonable y sostenida desde el inicio del proceso, sin intención deliberada de desconocer derechos laborales.
Antecedentes relevantes
El trabajador suscribió un contrato de trabajo a término indefinido con la sociedad demandada, el cual contenía un período de prueba de dos meses y una cláusula que exigía un preaviso de treinta días para la renuncia, con la obligación de pagar un mes de salario si este no se otorgaba. El trabajador renunció voluntariamente durante el período de prueba sin otorgar el preaviso, y la sociedad demandada descontó de la liquidación final una suma equivalente a un mes de salario con fundamento en la cláusula.
El trabajador demandó alegando la ineficacia de dicha cláusula y solicitó el pago de salarios y prestaciones retenidas más la indemnización moratoria por mala fe del empleador. En primera instancia, el juzgado declaró válida la cláusula solo para el período posterior al de prueba y condenó al pago de las acreencias laborales retenidas, negando la indemnización moratoria.
Ambas partes interpusieron recursos de apelación: el trabajador impugnó la negativa a condenar en la indemnización moratoria, y la sociedad demandada cuestionó la limitación temporal de la validez de la cláusula.
Efectos jurídicos de la decisión
La sentencia confirmada obliga a la sociedad demandada a pagar al trabajador los salarios y prestaciones sociales retenidos indebidamente durante la terminación del contrato en el período de prueba, debidamente actualizados desde la fecha de la terminación. Además, la decisión vincula a las partes en cuanto a la ineficacia de la cláusula contractual durante el período de prueba y confirma la ausencia de mala fe en la conducta del empleador, negando la indemnización moratoria.
No se imponen costas en esta instancia.
Conclusión
El Tribunal Superior de Medellín ratificó la aplicación del régimen especial del período de prueba, que permite la terminación unilateral sin preaviso ni indemnización, y confirmó la condena al pago de salarios y prestaciones sociales retenidos por aplicación indebida de una cláusula contractual durante esta etapa. Asimismo, descartó la existencia de mala fe del empleador para efectos de la indemnización moratoria, sentando un precedente importante para la interpretación y aplicación de las cláusulas contractuales en períodos de prueba dentro del derecho laboral colombiano.