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Tribunal Superior de Medellín confirma prescripción por notificación tardía en proceso laboral

Proviene de: Sentencias

23 de septiembre de 2026 23:43:28

Naturaleza de la providencia e instancia

La providencia es un auto proferido por la Sala Quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en segunda instancia, dentro de un proceso ordinario laboral.

Sentido de la decisión

  • Confirma la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Envigado.
  • Declara probada la excepción de prescripción invocada por las sociedades demandadas.
  • Absolvió a las demandadas de todas las pretensiones laborales formuladas por el demandante.
  • Niega el reconocimiento de las pretensiones relacionadas con salarios, prestaciones sociales y demás acreencias laborales.
  • No se impusieron costas en esta instancia.

Razón principal de la decisión

La Sala concluyó que, aunque la demanda fue presentada dentro del término general de prescripción de tres años, la notificación efectiva del auto admisorio a las demandadas se produjo fuera del plazo de un año previsto en el artículo 94 del Código General del Proceso. Esta notificación tardía fue atribuible a la parte demandante debido a la insuficiencia y demora en la realización de las gestiones necesarias para integrar oportunamente el contradictorio. La Sala determinó que la interrupción de la prescripción opera únicamente desde la notificación efectiva y no desde la presentación de la demanda, al no haberse cumplido oportunamente con la carga procesal de notificación. Por ello, se configuró la prescripción extintiva de las acciones laborales reclamadas.

Antecedentes fácticos y procesales

El demandante promovió una demanda ordinaria laboral contra dos sociedades, solicitando que se declarara la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido y el reconocimiento de diversas prestaciones sociales y salarios correspondientes a un período específico. Alegó que el vínculo laboral había terminado unilateralmente y sin justa causa, y que no se habían realizado los aportes al Sistema General de Seguridad Social sobre el salario real. Las demandadas negaron la existencia de la relación laboral directa con una de ellas y cuestionaron las pretensiones, presentando excepciones de mérito y de prescripción. El juzgado de primera instancia declaró probada la excepción de prescripción, absolviendo a las demandadas, al constatar que la notificación del auto admisorio no se efectuó dentro del término legal y que la demora fue atribuible a la parte demandante, quien no impulsó diligentemente las actuaciones para la integración del contradictorio. Se exceptuó el derecho imprescriptible relacionado con el reajuste de aportes a pensiones, pero este fue negado por falta de prueba. El demandante interpuso recurso de apelación contra esta decisión, argumentando que la notificación tardía no debía afectar la interrupción de la prescripción y que la pandemia generó circunstancias excepcionales que justificaron la demora.

Efectos jurídicos de la decisión

La decisión confirma la extinción de las acciones laborales reclamadas por prescripción, vinculando a las partes en cuanto a la imposibilidad de continuar con el reconocimiento judicial de las pretensiones formuladas en el proceso. Asimismo, establece que la interrupción de la prescripción por presentación de la demanda depende de la notificación efectiva del auto admisorio dentro del término legal, salvo que la demora sea imputable al despacho judicial o a la parte demandada, lo que no ocurrió en este caso. No se impusieron costas en la segunda instancia.

Conclusión

El Tribunal Superior de Medellín confirmó la declaración de prescripción por la notificación tardía del auto admisorio que fue atribuible a la parte demandante. Así, la interrupción de la prescripción solo operó desde la notificación efectiva, que se realizó fuera del término legal, lo que llevó a la extinción de las acciones laborales reclamadas. Por tal motivo, no se consideraron los demás aspectos de fondo planteados en la demanda, consolidando la importancia de cumplir con los términos legales para la notificación en procesos laborales.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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