Naturaleza de la providencia y contexto procesal
La presente decisión corresponde a una sentencia proferida en segunda instancia por la Sala Quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín. Se resuelve un recurso de apelación interpuesto por el trabajador contra la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Envigado, en un proceso ordinario laboral.
Sentido de la decisión
- Confirmación de la sentencia de primera instancia.
- Absolución total de la sociedad empleadora frente a las pretensiones del trabajador.
- No reconocimiento de la indemnización por despido prevista en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Sin costas en esta instancia.
Razón principal de la decisión
La Sala concluyó que la empresa demandada acreditó la existencia de una justa causa para la terminación unilateral del contrato de trabajo. La comunicación de despido fue clara, concreta y específica en cuanto a los hechos que motivaron la decisión. Se respetaron las garantías del debido proceso, en particular, el derecho de defensa del trabajador mediante la diligencia de descargos. Además, las pruebas recaudadas, incluyendo testimonios y el interrogatorio del trabajador, respaldaron que este incumplió las normas internas de la empresa al ingresar y retirar elementos electrónicos sin autorización y sin reportarlos, conducta calificada como falta grave en el reglamento interno.
Antecedentes relevantes
- El trabajador laboró para la empresa desde 1996 bajo un contrato a término indefinido y desempeñaba el cargo de técnico de mantenimiento.
- El 25 de septiembre de 2022, se detectó que el trabajador portaba una tarjeta electrónica, un cable y tres conectores sin autorización, elementos que no reportó según el procedimiento interno de la empresa.
- Se realizó una diligencia de descargos para que el trabajador explicara los hechos, la cual se llevó a cabo en dos sesiones, brindándole oportunidad de ampliar sus explicaciones.
- El 24 de octubre de 2022 la empresa notificó la terminación unilateral del contrato fundamentada en causales establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo y el reglamento interno.
- El trabajador demandó alegando despido sin justa causa y solicitó la indemnización correspondiente, mientras que la empresa se opuso sustentando la justa causa y presentó excepciones de mérito.
- El Juzgado Primero Laboral del Circuito de Envigado absolvió a la empleadora y negó la indemnización, decisión que fue apelada únicamente respecto al monto fijado en agencias en derecho.
Efectos jurídicos de la decisión
- Confirma la validez de la terminación unilateral del contrato laboral con justa causa por parte de la empresa.
- Desliga a la empresa de la obligación de pagar la indemnización por despido injustificado prevista en el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.
- La sentencia no genera costas en esta instancia.
- Se ordena la notificación de la decisión a las partes mediante edicto.
Con esta decisión, se reafirma la importancia del cumplimiento estricto de las normas internas de las empresas y el respeto al debido proceso en los procedimientos disciplinarios laborales. Asimismo, se envía un mensaje claro sobre la necesidad de que los trabajadores respeten las políticas internas para evitar sanciones que puedan conducir a la terminación del contrato con justa causa.